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COMUNICADO 342

Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento

mercredi 25 novembre 2015

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación se felicita por la adopción por consenso de la resolución “Los derechos humanos al agua potable y al saneamiento”, presentada por España y Alemania, con el copatrocinio de 95 Estados, el 24 de noviembre en la Asamblea General de las Naciones Unidas, en Nueva York.

Tras el reconocimiento, en el año 2010, del derecho al agua potable y al saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos en la resolución 64/292, en el año 2013, la comunidad internacional fue capaz de adoptar, por primera vez por consenso, la resolución 68/157 sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento a iniciativa de España y Alemania. Ahora, dos años después, también a iniciativa de España y Alemania, y todavía con más apoyo expresado en número de copatrocinios, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Tercera Comisión, acaba de adoptar un nuevo texto que supone un gran paso en la consolidación y en el reforzamiento de los derechos humanos al agua potable y al saneamiento. Con esta resolución, la Asamblea General por primera vez define los derechos y consagra la existencia de dos derechos distintos, aunque interrelacionados: el derecho humano al agua y el derecho humano al saneamiento.

 
El nuevo texto responde en buena medida a la necesidad largamente sentida, y manifestada por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los Relatores Especiales sobre el derecho humano al agua y al saneamiento, y las organizaciones que trabajan en este ámbito, del tratamiento separado del derecho al saneamiento con objeto de avanzar en su aplicación práctica. La realidad demuestra que los avances no se han producido al mismo ritmo con respecto al derecho al agua potable y con respecto al derecho al saneamiento. La preferencia política y cultural que se otorga al derecho al agua potable en el marco del tratamiento conjunto de ambos derechos ha perjudicado la realización práctica del derecho al saneamiento. Buena prueba de ello es que la meta 7 de los Objetivos de Desarrollo del Milenio – reducir a la mitad en 2015 la proporción de la población sin acceso sostenible al agua potable y al saneamiento básico – ha sido alcanzada con respecto al agua potable, pero no con respecto al saneamiento. La nueva resolución busca corregir esta situación y constituye un instrumento de enorme importancia para avanzar en la realización práctica del derecho al saneamiento.


Finalmente, debe destacarse el reforzamiento del enfoque de género en la resolución que acaba de aprobarse. No debemos olvidar el impacto particularmente devastador que la falta de acceso a servicios adecuados de agua potable y saneamiento tiene sobre la igualdad de género y los derechos humanos de las mujeres y las niñas, inclusive el derecho a la educación. La nueva resolución pone claramente de manifiesto esos efectos y, además, promueve la participación de las mujeres en la toma de decisiones en materia de agua y saneamiento y, de modo general, la adopción de un enfoque de género en este campo.