El pasado 23 de abril el Embajador Representante Permanente, D. Cristóbal González-Aller, participó en la sesión inaugural del Seminario organizado por la Sra. Catalina Devandas Aguilar, Relatora Especial de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad, y patrocinado por la Unión Internacional del Notariado Latino y la Comisión de Derecho Internacional Privado de la Conferencia de la Haya, sobre el Papel del notario en el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
El Seminario centró su objetivo en estudiar las consecuencias del cambio de paradigma en la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad, que reconoce la plena personalidad jurídica y de obrar de este colectivo (artículo 12).
Durante su intervención, el Sr. González-Aller repasó las recientes reformas legislativas que han traducido en España los principios y mandatos de la Convención a la ley y práctica españolas, entre otras la Ley General de Discapacidad (Ley 1/2013) y la Ley de Jurisidicción Voluntaria (15/2015, con varios capítulos reservados a las personas con discapacidad).
Asimismo, aludió al proceso de modificación del Derecho privado español (Código Civil, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley del Registro Civil, Ley Hipotecaria), aún en fase de consolidación y audiencia, con objeto de proceder al cambio de paradigma de la Convención al derecho civil español, y que podría alumbrar la mayor reforma del Código Civil desde la reinstauración de la democracia, en el contexto de las recientes resoluciones adoptadas por el Consejo de DDHH, en la línea del reconocimiento pleno de la capacidad de obrar de las personas con discapacidad.
El aspecto fundamental considerado durante el Seminario, de dos días de duración y en el que se constituyeron 6 mesas redondas, fue constatar que, pese a haber tratado de proteger a las personas con discapacidad a través de distintas instituciones (tutela, curatela, guarda judicial, etc.) en los diversos ordenamientos, en la práctica las instituciones al sustituir, suplir o incluso suplantar su voluntad, en realidad no sólo no las han protegido sino que las han privado de su vida civil y por ende del disfrute de sus más elementales Derechos Humanos.
Con objeto de emprender en lo posible la remoción de estas instituciones (inspiradas en el modelo asistencial) y su sustitución por parte de la Convención por medidas de apoyo (modelo basado en derechos), los notarios, en calidad de fedatarios públicos y profesionales del derecho (además de los cónsules), deben desempeñar una importante labor de apoyo, aún más relevante en el caso del ordenamiento español tras la aprobación de la importante Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Se trata en definitiva de garantizar el discernimiento y la capacidad de recabar y comprender la voluntad de las personas con discapacidad en cuestiones tan elementales como el matrimonio, contratos civiles y mercantiles, o la testación, por lo que es imprescindible el papel de los notarios como promotores del reconocimiento de la capacidad jurídica universal y el paradigma de apoyo introducido por la Convención, para que su labor no restrinja de facto a capacidad jurídica, sino que constituya un catalizador del nuevo modelo basado en los derechos humanos.
El Seminario, cuyas sesiones se desarrollaron en español, con alto nivel jurídico y posibles recomendaciones útiles para adecuar gradualmente los ordenamientos jurídicos ala Convención, confirmó de nuevo a España como uno de los países pioneros en estas cuestiones, tal y como destacó el Sr. González-Aller al mencionar la reforma en ciernes de varias leyes del derecho civil relacionadas con el reconocimiento pleno de la personalidad de obrar de las personas con discapacidad.