El 21 de octubre entró en vigor la Ley de Memoria Democrática que amplía las opciones de adquisición de la nacionalidad española.
Podrás optar:
1.- Si has nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
2.- Si has nacido en el exterior y tu madre española perdió la nacionalidad por casarse con extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.
3.- Si eres mayor de edad y a tu padre o madre le fue reconocida la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a la Ley 20/2022 (Memoria Democrática) o con la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007 (Memoria Histórica).
Plazo. La declaración debe formalizarse en el plazo de dos años a contar desde el 21 de octubre de 2022.