En Consejo de Ministros celebrado el 26 de junio de 2015, el Gobierno español aprobó un Acuerdo por el que da por finalizado el período transitorio de moratoria al acceso al mercado laboral español para trabajadores croatas.
En virtud del principio de reciprocidad, a partir del 1 de julio de 2015 en la página web del Ministerio de Trabajo y Sistema de Pensiones croata se ha trasladado España a la lista de países sin restricciones de acceso al mercado laboral croata.
Esto supone que, en el plazo de 90 días desde su entrada a Croacia, los españoles que deseen trabajar por cuenta propia o que estén contratados por cuenta ajena podrán tramitar ante las autoridades croatas de extranjería su residencia en este país.
Para ello deben presentar la documentación exigible y las autoridades de extranjería les proporcionarán un Certificado de Residencia, en formato A4, que acreditará su residencia legal en el país. Si se solicita expresamente, también es posible obtener una Tarjeta de Residencia Temporal por motivos de trabajo, para lo cual es necesario abonar unas 220 kunas.
En términos generales, se puede decir que en cuanto a oferta de puestos de trabajo e índice de desempleo, Croacia pasa por un momento de crisis parecido o superior al que atraviesa España, lo que dificulta el acceso al mercado laboral en este país.