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APERTURA CONSULADO HONORARIO DE ESPAÑA EN CRACOVIA.

13 de noviembre de 2020
A partir del 16 de noviembre comienza a operar el Consulado Honorario de España en Cracovia.

Cónsul Honorario: Radosław Fronc. 

Jurisdicción: Pequeña Polonia, Silesia y Subcarpacia 

Teléfono:  533 685 820. 

Horario de apertura: Lunes 11:00 – 13:00. Miércoles 16:00 – 18:00. 

Correo electrónico: ch.cracovia@maec.es 

Dirección: ul. Grodzka 40, 31-044 Cracovia

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La Sección Consular de la Embajada de España en Varsovia tiene jurisdicción para todo el territorio de Polonia.

Actualmente se cuenta con el apoyo de dos Consulados Honorarios, vinculados a distintas regiones del país: uno en Gdańsk (voivodato de Pomerania); uno en Wrocław, para los voivodatos de Baja Silesia y Opole, y a partir del 16 de noviembre, uno en Cracovia (con jurisdicción en los voivodatos de la Pequeña Polonia, Silesia y Subcarpacia).

La figura de los Cónsules Honorarios está regulada en España en el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero. Los Consulados Honorarios no son en ningún caso Consulados de carrera; los Cónsules Honorarios no son funcionarios ni empleados públicos de la Administración española.

Los agentes consulares honorarios no reciben remuneración alguna por su trabajo. Ofrecen un servicio a los ciudadanos españoles en Polonia en base a un compromiso voluntario con nuestro país.

Los Consulados Honorarios pueden, por tanto, ejercer solo algunas funciones consulares, con carácter limitado y por delegación, en tanto que auxiliares y colaboradores de la Sección Consular de la Embajada de España en Varsovia. Así, en el marco de las labores de asistencia y apoyo a los españoles en Polonia, pueden realizar, entre otras gestiones y tareas, las siguientes:

• Facilitar, mediante la entrega y recepción de los correspondientes formularios, las inscripciones en el Registro de Matricula Consular y la realización de inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción en el Registro Civil.

• Para evitar el desplazamiento a la Sección Consular de la Embajada de España en Varsovia, acreditar la identidad de los menores para cuya expedición de pasaportes no se requiere la captura de huellas ni la firma del menor (menores de 7 años). Las demás personas deberán acudir necesariamente a la Sección Consular de la Embajada de España en Varsovia.

•Tramitar la autorización de uno de los progenitores para expedir el pasaporte a un menor de 18 años. El otro progenitor deberá acudir a la Sección Consular de la Embajada de España en Varsovia con la documentación completa.

• Colaborar con la Sección Consular para dar seguimiento a la situación de los ciudadanos españoles que se encuentren detenidos o cumpliendo condena en su demarcación.

• Colaborar con la Sección Consular en situaciones de emergencia: en casos de accidente, enfermedad grave o fallecimiento de un ciudadano español en su demarcación, los Consulados Honorarios pueden ayudar a prestar orientación y consejo.

• En caso de catástrofe o desastre natural, los Consulados Honorarios pueden prestar un apoyo fundamental a la Embajada para el seguimiento de la situación sobre el terreno, en contacto con las autoridades locales.

Para la realización de algunos de estos trámites es necesario solicitar cita previa.

Por otra parte, además de colaborar en los asuntos consulares, la prestación de ciertos servicios y la realización de trámites administrativos, los Consulados Honorarios también sirven de puente entre España y las distintas regiones de Polonia. En ese sentido, prestan un importante apoyo a la Embajada para la realización en sus demarcaciones de actividades culturales, comerciales y de promoción turística.