Japón tiene un complejo sistema de permisos de trabajo y residencia, con más de veinte variedades que permiten una mayor o menor flexibilidad en cuanto al tipo de trabajo y sus condiciones. Trabajar en Japón sin contar previamente con un visado adecuado puede estar tipificado como delito y conllevar por tanto la detención por parte de las autoridades japonesas, así como la deportación y prohibición de regresar al país, por lo que se recomienda consultar las páginas web del Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón y del Ministerio de Justicia.
De manera resumida, en Japón pueden trabajar aquellos extranjeros que residan legalmente y tengan estatus de residencia con permiso de trabajo. El Gobierno japonés ha creado unas oficinas de colocación pública (Hello Work) que asisten a los extranjeros en su búsqueda de empleo. Este es el listado de oficinas que cuentan con intérpretes a otros idiomas.
Además, también existen una serie de teléfonos de consulta y centros de información especializados en cuestiones laborales que pueden ser de utilidad a la hora de orientar a los residentes extranjeros o resolver sus dudas en esta materia:
Así mismo, localizado en Shinjuku, el Centro de Servicios de Empleo para Extranjeros de Tokio (Tokyo Employment Service Center for Foreigners) se centra en asistir a los solicitantes de empleo extranjeros, incluyendo estudiantes de otros países en Japón y ciudadanos con visado de trabajo que estén buscando empleo.
Todo extranjero que resida en Japón está protegido por una serie de leyes laborales (Ley de condiciones de trabajo, Ley del contrato laboral, Ley de sueldo mínimo, Ley de seguridad e higiene laboral, Ley de seguro para indemnización por desastres naturales etc.). Si siente que su contrato no cumple algún apartado de estas leyes, puede acudir a una Oficina de Supervisión de Normas Laborales, en las que a menudo hay una sección específica de trabajadores extranjeros. Aquí puede encontrar un listado de las mismas.
Existen diversas páginas web con información para estudiantes extranjeros que deseen poder realizar trabajos a tiempo parcial en Japón durante su estancia, bajo determinadas circunstancias, y trámites a realizar en ese caso ante la Oficina de Inmigración (por ejemplo, Study in Japan).
España y Japón suscribieron un convenio en materia de Seguridad Social, firmado el 12 de noviembre de 2008 y en vigor desde el 1 de diciembre de 2010, que incluye previsiones sobre prestaciones de jubilación o retiro en España y distintas pensiones existentes en Japón. Toda la información sobre los términos de dicho acuerdo puede encontrarse en el BOE del 30 de septiembre de 2009.
Por otra parte, para aquellas personas que, entre otras cuestiones, deseen volver a España tras haber residido en Japón, pueden consultar la página web de Ciudadanía Exterior del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
A partir de la entrada en vigor de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria en el marco del Sistema Nacional de Salud en España para los españoles de origen residentes en Japón y para sus familiares beneficiarios, tanto cuando retornan como en sus desplazamientos temporales a España. Dicho derecho, por tanto, pasa a incluir a: trabajadores por cuenta propia, además de pensionistas y trabajadores por cuenta ajena; cónyuges y parejas de hecho de los españoles de origen titulares del derecho; hijos hasta los 26 años de edad y mayores discapacitados que convivan y dependan económicamente del titular.