Desde el 1 de enero de 2016, y con vigencia indefinida, la cuantía de la tasa por la tramitación de las solicitudes de pasaporte presentadas en la Embajada estará exenta de pago para toda persona que acredite su condición de familia numerosa. Para los miembros de estas familias, por tanto, la expedición del pasaporte pasa a ser gratuita, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales el Estado para el año 2016.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el título oficial establecido al efecto. Los residentes en el extranjero que deseen obtener dicho título acreditativo podrán solicitarlo dirigiéndose a la Comunidad Autónoma en la cual se encuentren inscritos a efectos de su participación electoral, siendo la autoridad autonómica competente la encargada de tramitar y expedir el título.