Información para los extranjeros residentes en España con derecho a voto, que se encuentran temporalmente en el extranjero una vez efectuada la convocatoria electoral y van a permanecer en esa situación hasta el día de la votación podrán votar:
· Los ciudadanos de la Unión Europea residentes en España e inscritos en nuestro país para estas elecciones (CERE), que se hallen temporalmente en el extranjero, podrán votar en las elecciones municipales y en las europeas, siempre que hayan optado por la elección en España (el plazo para registrarse en España en el Censo Electoral de Residentes Extranjeros fue del 1 de noviembre de 2018 al 30 de enero de 2019).
· Nacionales de países con Acuerdos de reciprocidad de voto en elecciones municipales (Bolivia, Cabo Verde, Colombia, Corea, Chile, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago y Reino Unido, en su caso), que cumplan las condiciones requeridas en ellos y hayan solicitado su inscripción en el plazo establecido (en este caso, el plazo para inscribirse fue del 1 de diciembre de 2018 al 15 de enero de 2019) podrán votar en las municipales.