Debido al levantamiento de la exigencia de cuarentena en España para viajeros procedentes de la India, podrán viajar a nuestro país desde la India todos aquellos que se encuentren en alguna de las categorías enumeradas a continuación:
- Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
- Cónyuges de ciudadanos Españoles o parejas con las que mantengan relación análoga a la conyugal inscrita en un registro público, o aquellos ascendientes/descendientes a cargo.
- Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
- Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
- Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen
- Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
- Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
- Personal diplomáticos, consular, de organizaciones internacionales, militares, de
- Protección civil y humanitarias, en el ejercicio de sus funciones
- Personal de transporte, marinos y personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo
- Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o motivos humanitarios
Los ciudadanos de la India también podrán solicitar visado Schengen a través de BLS si han completado la pauta de vacunación frente a la COVID-19 y poseen un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad español reconozca con este fin.
Por favor, consulte la página web de nuestro Ministerio de Sanidad antes de viajar a España, donde encontrará más información sobre las vacunas admitidas, los requisitos y restricciones de entrada:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.htm