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Los españoles que residan habitualmente en el extranjero y aquellos que trasladen allí su residencia habitual pueden también ejercer su derecho al voto
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Paginas/ParticipaEnLasElecciones.aspx
Infografía versión archivo pdfMás informaciónPreguntas frecuentes
A) Electores españoles incluidos en el Censo de electores españoles residentes en España (CER) que se encuentren temporalmente en el extranjero, una vez efectuada la convocatoria electoral y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación. B) Electores extranjeros incluidos en el Censo electoral de extranjeros residentes en España (CERE) que se encuentren temporalmente en el extranjero.