Se informa a todos los ciudadanos españoles que deseen viajar a Sudáfrica de que desde el próximo 1 de octubre de 2014 entrará en vigor una nueva legislación migratoria.
En virtud de esta nueva regulación, todos los menores que viajen a o desde Sudáfrica deberán estar siempre provistos de su certificado literal de nacimiento original sin fecha de caducidad o fotocopia de menos de 3 meses de antigüedad (en ambos casos estos certificados deberán estar traducidos al inglés por traductor jurado o Embajada/Consulado).
Tras realizar una consulta a las autoridades sudafricanas nos informan de que el Libro de Familia español debidamente traducido y compulsado por la Embajada será aceptado como alternativa al certificado literal de nacimiento.
Además, si los menores viajan acompañados por un solo progenitor, deberán estar provistos de una autorización de viaje válida que debe renovarse cada 3 meses (declaración jurada ante notario, policía o Embajada/Consulado según modelo que se adjunta) y copia compulsada del pasaporte del progenitor que no viaje con el menor. De igual modo, la autorización deberá estar traducida al inglés por traductor jurado o Embajada/Consulado.
Se adjunta nota explicativa con respuestas a preguntas frecuentes que las autoridades sudafricanas han elaborado para facilitar la comprensión de la nueva regulación.
Preguntas y respuestas nueva legislación sobre inmigración Sudáfrica 2014.pdf