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Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2018-2019

16 de marzo de 2018


La Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2018-2019, en adelante, la convocatoria, se ha publicado el 12 de marzo de 2018 en la Sede Electrónica de la AECID, sección de Convocatorias y trámites.


https://www.aecid.gob.es


De conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones la convocatoria también se ha publicado en la Base de Datos de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el BOE.


La gestión de la convocatoria en la AECID corresponde al Departamento de Cooperación Universitaria y Científica (DCUC) de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas (DRCC).

Los interesados realizarán la solicitud de acuerdo con los requisitos, forma y plazos que se señalan en las bases 2 y 3 y se especifican para cada programa en el Anexo I de la convocatoria, destacándose en particular lo siguiente:

1. Forma: el solicitante enviará la solicitud y la documentación únicamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la AECID:

https.://www.aecid.gob.es/

2. Plazos: los especificados para cada programa en el Anexo I (una tabla recapitulativa se encuentra también en la base 3.10. de la convocatoria).
Con el fin de poder atender a los solicitantes que tuvieran algún problema con el envío electrónico de la solicitud y de la documentación, los plazos terminarán los días señalados a las 14.00 horas de acuerdo con el día y hora oficial de la Sede Electrónica de la AECID.

3. Documentación a adjuntar en formato electrónico: la especificada para cada Programa den el Anexo I de la convocatoria.

Finalizados los plazos se comunicará a los solicitantes, en su caso, la necesidad de subsanar la documentación y se les dará un plazo adicional de subsanación, el órgano instructor verificará si las solicitudes cumplen con los requisitos establecidos, y como novedad, realizará la propuesta de desistimiento de aquellas que no los cumplan (Base 4.2 de la convocatoria). Vista la propuesta, la Presidencia de la AECID, dictará y notificará la resolución especificando sus causas (Base5.2).

Proceso de valoración

Finalizado el proceso de selección, la DRCC elevará a la Presidencia de la AECID la propuesta de concesión, desestimación, nombramiento de suplentes y desistimiento de las solicitudes para cada programa (Bases 5.1 y 5.4). La resolución de la AECID se notificará a todos los interesados a través de la Sede Electrónica de la AECID.