La Embajada de España en Malta se complace en informar que el pasado miércoles 4 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden INT/358/2015 de 27 de febrero, que aprueba una modalidad adicional para la solicitud del voto de los españoles inscritos en el Censo de Electores Residentes Ausentes. Esta nueva modalidad se ha hecho efectiva con la entrada en vigor de dicha disposición, siendo por primera vez aplicable en las próximas elecciones autonómicas (Ceuta y Melilla, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla León, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y Valencia), cuya celebración está prevista para el próximo 24 de mayo de 2015.
Según esta nueva normativa, los españoles inscritos en el Censo de Electores Residentes Ausentes de esta Embajada, además de por correo o por fax como se venía haciendo hasta ahora, podrán solicitar su participación en las elecciones que se convoquen a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística
(https://sede.ine.gob.es), acreditando para ello su identidad mediante un certificado electrónico reconocido asociado a su DNI o usando una Clave de Tramitación Telemática (CTT) generada para cada elección y cada elector con esa única finalidad.
Por otro lado, la Embajada desea comunicar que toda la información relativa a las modalidades y plazos de votación de los españoles inscritos en el Registro de Matrícula Consular de esta Embajada como Residentes o como No Residentes será remitida por esta misma vía tan pronto sean convocados oficialmente y publicados en el BOE los correspondientes procesos electorales.