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Documentación y trámites

Permisos de trabajo y residencia: requisitos y trámites

El visado correspondiente se obtendrá en la Embajada de la RDC en España. En caso de encontrarse ya en la RDC deberán obtener el correspondiente visado o permisos gestionados ante la Dirección General de Migración (DGM).

No obstante, es preciso indicar que son las empresas que contratan a los expatriados quienes se encargan de realizar todos los trámites necesarios para obtener sus permisos de residencia y trabajo ante las autoridades de la RDC.

El Décret-Loi nº 002/003, de 11 de marzo de 2003, crea la Dirección General de Migración (DGM). En su página web se puede encontrar toda la información relativa a esta materia (www.dgm.cd).

A modo de resumen:
 
  • Visado de viaje: obtenido en las Representaciones diplomáticas y consulares de la RDC en el exterior. Este visado no permite el ejercicio de una actividad remunerada en la RDC. Validez de 6 meses. 
  • Visado de residencia: permite residir en la RDC y desarrollar actividades profesionales y económicas. Tipos de visados de residencia: ordinario (3 años); de trabajo (1 a 2 años); de trabajo específico (1 año no renovable); de estudios; de matrimonios congoleño-españoles; especial (5 a 10 años); y permanente (duración indefinida y exento de obtener visado de sorti-retour).
Aparte de las excepciones y condiciones específicas de cada uno de estos visados, se exigen unas condiciones generales para la obtención de un visado de residencia en la RDC:
  • Estar legalmente residiendo en la RDC.
  • Una estancia mínima de 6 meses.
  • Estar en posesión de un pasaporte válido (al menos por 6 meses).
  • Rellenar el formulario correspondiente (www.dgm.cd/formulaire.php).
  • Rellenar la ficha de matriculación.
  • Aportar 4 fotos de pasaporte recientes e idénticas. 
  • Presentar la cartilla de vacunación internacional.
  • Presentar un certificado de buena conducta de su país (antigüedad inferior a tres meses).
  • Presentar un certificado de residencia emitido por la comuna de residencia (antigüedad inferior a tres meses).
  • Presentar el original y la copia del certificado consular o de matriculación.
  • Disponer de medios de subsistencia suficientes.