El próximo 14 de febrero de 2021 se celebrarán elecciones al Parlamento de Cataluña, según convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8301, y en el BOE número 332, Decreto 147/2020, de fecha 21 de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en la LOREG, podrán votar desde el exterior:
A) Los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente para estas elecciones, cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en Cataluña.
B) Los electores españoles residentes en dicha Comunidad Autónoma e inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en el extranjero.
A) ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO INSCRITOS EN EL CENSO DE ELECTORES RESIDENTES AUSENTES (CERA) VIGENTE PARA ESTAS ELECCIONES, INSCRITOS EN ALGÚN MUNICIPIO DE CATALUÑA
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de octubre de 2020 (Art. 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en adelante LOREG). A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.
Las listas del Censo Electoral para estas elecciones permanecerán expuestas en la Sección Consular de la Embajada durante los días 28 de diciembre al 4 de enero, ambos inclusive, en el horario siguiente:
· Del 28 al 30 de diciembre y el 4 de enero: entre las 09:00 y las 14:00 horas.
· Del 31 de diciembre al 3 de enero: entre las 10 y las 12 horas.
Asimismo, el censo electoral puede consultarse telemáticamente a través de la dirección
https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones , para aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE, como por ejemplo un DNI electrónico., para aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE, como por ejemplo un DNI electrónico.
Únicamente dentro de dicho plazo, del 28 de diciembre al 4 de enero, ambos inclusive, todas las personas interesadas podrán consultar sus datos y presentar la oportuna reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o sean incorrectos. Todas las reclamaciones deberán ir acompañadas de una fotocopia del DNI o del pasaporte o del permiso de conducir español.
Además de la reclamación presentada, el interesado deberá enviar por sí mismo su solicitud de documentación electoral a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente de la manera y en el plazo que se señalan a continuación.
Solicitud de la documentación electoral
Para ejercer el derecho de voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación electoral mediante impreso oficial debidamente firmado. Este impreso de solicitud se enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA. También puede descargarse en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por Internet (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria y no presenta reclamación), por correo postal, o por fax (los números se encuentran disponibles en el enlace http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm), a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente al municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones (Barcelona, Girona, Lleida o Tarragona), no más tarde del día 16 de enero, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por la Embajada.
Para la solicitud del voto por internet, además de con certificado electrónico o Sistema Cl@ve, en este proceso se ha añadido la opción de solicitar la CTT (clave de tramitación telemática que posibilita la solicitud del voto) a través de la página web del INE, desde el mismo día de la convocatoria y sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la OCE con el impreso oficial de solicitud, y que lleva impresa esa misma CTT. La clave CTT seguirá siendo la misma que hubieran recibido los electores en la carta para las elecciones a Cortes Generales de noviembre de 2019, por lo que podrán usarla si conservan la carta.
Con su identificador (DNI o Pasaporte español) o con el resto de los datos (nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos documentos) y en el siguiente enlace: https://sede.ine.gob.es/ss/Satellite?c=SETramite_C&cid=1259952700944&lang=es_ES&p=1254734719739&pagename=SedeElectronica%2FSELayout¶m1=saber el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto por internet.
Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA” de la misma web del INE y podrá solicitar su voto en la opción “Acceso con CTT”, sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.
Recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector, acompañada de una hoja informativa en la que se indica cómo votar (art. 75.3 LOREG).
De acuerdo con las instrucciones de la Oficina del Censo Electoral, se recuerda que son los propios electores CERA y no las Oficinas Consulares quienes deberán enviar sus solicitudes de documentación electoral a las Delegaciones Provinciales de la OCE.
Modalidades para ejercer el derecho de sufragio:
Recibida la documentación para votar, el elector dispone de las siguientes opciones:
a) Depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa, en la urna de la Embajada durante los días 10, 11 y 12 de febrero.
b) Enviar su voto por correo certificado a la Embajada, no más tarde del día 9 de febrero.
Por otra parte, si algún elector del CERA inscrito en un municipio de Cataluña se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar el voto por correo a partir de la fecha de la convocatoria hasta el día 4 de febrero, sin que ello suponga su baja en el CERA. Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de su provincia de inscripción.
Recibida la documentación electoral en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral por correo certificado no más tarde del día 10 de febrero. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.
B) ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN CATALUÑA (ELECTORES DEL CER) QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO (ERTA):
Estos electores que, una vez efectuada la convocatoria electoral, se encuentren temporalmente en el extranjero y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones.
Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Inscribirse como "no residente" en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada, si aún no lo estuvieran, con carácter previo de la solicitud de documentación electoral.
b) El elector deberá solicitar a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en cuyo censo esté inscrito, que le sea remitida a la dirección en el extranjero por él indicada, la documentación para ejercer su derecho de sufragio, no más tarde del día 16 de enero, mediante impreso oficial disponible en la página web del MAUC, que consta de un ejemplar para la Delegación Provincial de la OCE y otro para el interesado.
La solicitud cumplimentada deberá entregarse personalmente en la Embajada de España en Jartum en la que el elector esté inscrito. Se identificará mediante la exhibición de su DNI o pasaporte. A efectos electorales, el horario de atención al público será el siguiente:
La Embajada de España en Jartum permanecerá abierta los días 15 y 16 de enero, en el horario señalado, para tal fin.