El elector CERA (perteneciente al Consejo de Electores Residentes Ausentes), una vez recibida su documentación y siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa, deberá introducir en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial la siguiente documentación:
- Sobres de votación con la papeleta escogida, en su caso.
- Uno de los certificados de inscripción en el censo.
- Fotocopia de su pasaporte, DNI, o, en su defecto, certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedida por esta Sección Consular.
El elector puede optar por:
a) Depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en la urna dispuesta para ello en esta Sección Consular.
Esta Sección Consular estará abierta para el voto de los electores CERA que lo hayan solicitado y hayan recibido la documentación los días:
- Miércoles 15 y jueves 16 de junio, de 9 a 16.30.
- Viernes 17 de junio, de 9 a 12.30.
Para depositar el voto no es necesario solicitar cita.
Al depositar el sobre en la urna, el elector:
- Acreditará su identidad ante el funcionario consular mediante pasaporte, DNI, o, en su defecto, certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedida por esta Sección Consular.
- Entregará al funcionario consular un segundo certificado de inscripción en el censo electoral.
El elector que elija el voto en urna no puede cursar una solicitud de reintegro de los gastos de franqueo.
b) Enviar su voto por correo certificado a la Oficina Consular o Sección Consular de la Embajada, no más tarde del día 14 de junio.
El elector, siguiendo las instrucciones de la hoja informativa, deberá incluir en el sobre dirigido a esta Sección Consular:
- El sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial.
- Un segundo certificado de inscripción en el censo, para la Oficina Consular.
- Si así lo desea, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos de envío.
Los votantes ERTA (residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero) deberán remitir su sobre directamente a su Junta Electoral Provincial, de acuerdo con las instrucciones que hayan recibido.