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ELECCIONES PARA RENOVACIÓN DEL CONSEJO DE RESIDENTES ESPAÑOLES (CRE) EN GUATEMALA

7 de mayo de 2021
El Consejo de Residentes Españoles es un órgano de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero y se constituye como órgano consultivo de la Oficina Consular.
 
Su ámbito de actuación abarca, fundamentalmente, los derechos civiles y laborales que correspondan a los españoles, la acción educativa en el exterior, la participación de los residentes españoles en la vida política de España y la acción social y cultural a favor de los españoles y en particular los temas relacionados con la tercera edad.
 
El Consejo de Residentes Españoles, encauza, propone, asesora e informa a la Oficina Consular de los asuntos de interés y que puedan afectar a los españoles de la circunscripción consular. Coopera y colabora con las autoridades españolas en las actividades que se desarrollan en beneficio de la comunidad española.
 
Más información en:
 
 
¿Qué candidaturas se presentan?
 
 
CANDIDATURA
 
¿Quién puede participar en estas elecciones?
 
Son electores que pueden votar en estas elecciones aquellos españoles que figuraran inscritos en el Censo Electoral del Residentes Ausentes (CERA) en Guatemala antes del 1 de febrero de 2021.
 
¿Cómo votar en estas elecciones?
 
1.- VOTO EN URNA
 
     Las elecciones tendrán lugar en la Embajada de España en Guatemala el domingo 16 de mayo de 9 a 14 horas.Las elecciones tendrán lugar en la Embajada de España en Guatemala el domingo 16 de mayo de 9 a 14 horas.
 
2.- VOTO POR CORREO
 
     Para ejercitar el voto por correo, se deberá remitirá a la Embajada (6ª calle, 6-48, zona 9, Guatemala) por correo postal el FORMULARIO DE SOLICITUD DE VOTO POR CORREOSe abre en ventana nueva cumplimentado y firmado y acompañarlo de una copia de su DNI o pasaporte español. La fecha límite para solicitar el voto por correo es el 13 de mayo. Posteriormente, el elector recibirá en su domicilio la documentación para poder votar, papeletas e instrucciones para ejercer el voto.
 
Deberá remitir el sobre por correo postal a la sección consular de la Embajada. Para que el voto pueda ser contabilizado es necesario que se reciba antes del fin de la votación (14h del día 16 de mayo). Los votos que se reciban con posterioridad a ese momento no se contabilizarán, fuere cual fuere la fecha de su matasellos.
 
INSTRUCCIONES VOTO POR CORREO
Se abre en ventana nueva
 
Dadas las circunstancias actuales y para facilitar el ejercicio del voto, se permite un modo alternativo de ejercer el voto por correo, consistente en acudir  presencialmente a la sección consular de la Embajada (sin necesidad de cita previa, en horario de 8 a 15h de lunes a viernes) y presentar el formulario de solicitud de voto por correo (previamente descargado y cumplimentado o bien cumplimentarlo en la propia sección consular, donde lo tendrá disponible en formato papel) acompañado de copia de su Documento Nacional de Identidad (DNI) español o pasaporte español. Una vez presentada la solicitud, el elector recibirá la documentación electoral para votar.
 
El elector podrá optar entre entregar personalmente el voto por correo en ese momento, o bien remitirlo en un momento posterior por correo postal, si bien en este último caso solo será contabilizado si se recibe antes de las 14 horas del día fijado para la votación. En ambos casos deberá cumplir con los trámites indicados en las instrucciones del voto por correo: