NOTA INFORMATIVA ELECCIONES AL PARLAMENTO DEL PAIS VASCO Y AL PARLAMENTO DE GALICIA 12 JULIO 2020
Aviso importante: Información para electores residentes y no residentes de la circunscripción de ACT y Queanbeyan
El domingo 12 de julio tendrá lugar la votación para las Elecciones al Parlamento del País Vasco y Parlamento de Galicia.
A) ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE ESTÉN INSCRITOS EN EL CENSO ELECTORAL DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (CERA)
Para participar en dichas elecciones, es necesario figurar inscrito en el Censo Electoral de Residentes en el Extranjero (CERA) cerrado a 1 de marzo, 2020.
Asimismo, las listas del Censo Electoral permanecerán expuestas en esta Embajada durante los días 25 de mayo al 1 de junio, ambos inclusive. En este plazo podrá consultar sus datos y presentar la oportuna reclamación en caso de que los mismos sean erróneos o estén incompletos, así como reclamar su alta en el censo sino estuviera inscrito.
El horario de atención al público a estos efectos de esta Sección Consular es de lunes a jueves de 09:00 a 16:00 y viernes de 09:00 a 14:00.
Esta Sección Consular permanecerá abierta, a los efectos señalados anteriormente, el sábado 30, el domingo 31 de mayo y el lunes 1 de junio de 09:00 a 13:00.
Únicamente entre el 25 de mayo al 1 de junio, ambos inclusive, cualquier persona podrá presentar reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción después del 1 de marzo, en caso de que hayan cambiado o sean incorrectos.
Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en un modelo oficial que se le facilitará en la Embajada. Todas las reclamaciones deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles del interesado: fotocopia del DNI, del pasaporte o del permiso de conducir. Se señalará “No tiene” en las reclamaciones de quienes no dispongan de ninguno de los documentos anteriores y, en ese caso, se acompañará la reclamación de una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular que se le facilitará en la Embajada.
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) resolverá las reclamaciones presentadas y ordenará las rectificaciones pertinentes, que se expondrán al público el día 5 de junio, sin que se vaya a publicar un nuevo censo.
Los electores residentes pueden solicitar, hasta el martes 16 de junio, la documentación de voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, mediante impreso oficial, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción de Registro de Matrícula Consular expedidos por su Oficina Consular en el país de residencia. Dicho impreso podrá ser descargado de la página web del MAEC o se le facilitará en esta Sección Consular. Se recuerda que es el propio elector, no esta Sección Consular, quien debe enviar la solicitud de documentación electoral a la Delegación Provincial de la OCE.
Se recuerda que las solicitudes de voto realizadas para los procesos electorales suspendidos no son válidas para esta convocatoria. Los electores deberán repetir todos los trámites, por lo que pueden destruir la documentación electoral que hubieran recibido antes de la presente convocatoria.
Recibida la solicitud la correspondiente, la Delegación Provincial remitirá la documentación para votar no más tarde del 22 de junio o 30 de junio, en el caso de impugnación de candidatos. Una vez recibida la documentación, si figura inscrito como residente, podrán ejercer su derecho de sufragio de las siguientes maneras:
1. Enviando por correo certificado el sobre conteniendo el voto, a esta Sección Consular hasta el sábado 11 de julio.
2. Depositando en urna personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en esta Sección Consular los días miércoles 8, jueves 9 en horario de 09.00 a 16.00, viernes 10 de 09.00 a 14.00, sábado 11 y domingo 12 de julio de 10.00 a 14.00.
B) ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL PAÍS VASCO O EN GALICIA QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO (ERTA)
Los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero y prevean permanecer en esta situación podrán participar en el proceso desde el extranjero. Para ello deberán:
1. Inscribirse como “no residentes” con carácter previo a la solicitud de documentación electoral en la Sección Consular si no lo han hecho con anterioridad.
2. Solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial hasta el martes 16 de junio, mediante impreso oficial a través de la Sección Consular de esta Embajada y presentando documentación de identidad española (pasaporte o DNI).
Se recuerda que el sábado día 13 de junio la Embajada estará abierta de 09.00 a 13.00 a los efectos señalados.
Recibida la solicitud, la Delegación Provincial remitirá al elector la documentación para votar no más tarde lunes 22 de junio o del 30 de junio si hubiera impugnación de candidatos.
Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, no más tarde del 8 de julio.
C) ELECTORES ESPAÑOLES DEL CERA QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN ESPAÑA DURANTE EL PROCESO ELECTORAL
Podrán solicitar el voto por correo en las Oficinas de Correos de España a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 2 de julio, sin que ello suponga su baja en el CERA.
Para ello, deberán cumplimentar una solicitud disponible en cualquier Oficina de Correos de España y dirigirla a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina de la OCE. Una vez recibida la documentación electoral, podrán enviar su voto por correo certificado hasta el viernes 10 de julio, en los horarios habituales de apertura de las oficinas de Correos, y como máximo hasta las 14hrs.
Estos electores no pueden votar personalmente en la mesa electoral.