En el Boletín Oficial del Estado número 55, de fecha 5 de marzo de 2019, se publica el Real Decreto número 129/2019, de 4 de marzo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones, y el Decreto 2/2019, de 4 de marzo, de disolución de Les Corts y de convocatoria de elecciones a las mismas (este Decreto también se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8499, de fecha 5 de marzo de 2019). Ambas elecciones se celebrarán el domingo 28 de abril de 2019.
Podrán votar desde el exterior:
A) Los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente en las elecciones a las Cortes Generales y los inscritos por algún municipio de la Comunidad Valenciana también podrán votar en la elecciones a Les Corts. Se acaba de remitir un correo electrónico a los electores residentes inscritos en el CERA en esta oficina Consular de Hungría, con información detallada al respecto.
Esta Sección Consular permanecerá abierta a efectos electorales durante las siguientes fechas de exposición de listas electorales y presentación de reclamaciones:
- Del Lunes 11 al viernes 15 de marzo, y lunes 18 de marzo: en horario de atención al público (de 9.00 a 13.00, y el jueves además de 14.00 a 16.00)
- Sábado 16 y domingo 17 de marzo –. De 9.00 a 12.00.
En cuanto al horario en que permanecerá abierta la Sección Consular de esta Embajada durante las jornadas de depósito de voto en urna los días 24, 25 y 26 de abril, se enviarán instrucciones más adelante.
B) Información para electores españoles residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero (ERTA) para las elecciones a las Cortes Generales, y residentes en un municipio de la Comunidad Valenciana, y temporalmente en el extranjero, para las elecciones a Les Corts)
Estos electores, que se encuentren temporalmente en Hungría, una vez efectuada la convocatoria electoral, y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Inscribirse como “no residentes” en el Registro de Matrícula Consular de esta Embajada, si aún no lo estuvieran, ello con carácter previo a la tramitación por parte de la Oficina Consular de la solicitud de documentación electoral.
2. Solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial de la OCE, no más tarde del día 30 de marzo, mediante impreso oficial, disponible en la página Web de este Ministerio, que consta de un ejemplar para la Delegación Provincial de la OCE y otro ejemplar para el interesado. Deberán realizar una única solicitud de voto los electores que puedan votar en las elecciones a las Cortes Generales y a Les Corts.
El elector, previa identificación mediante la exhibición de su DNI o pasaporte español, deberá entregar personalmente su solicitud cumplimentada en la Oficina Consular en la que figure inscrito como no residente.
Dicha solicitud tendrá validez, exclusivamente, para estas elecciones y conlleva que el derecho de sufragio se ejerza desde el extranjero (sea en la demarcación consular desde la que realice su solicitud o desde otra que haya consignado en el domicilio en el impreso oficial). Para los próximos procesos de mayo 2019, los interesados deberán realizar de nuevo la solicitud de voto.
La Delegación Provincial de la OCE remitirá al elector, por correo certificado, a la dirección en el extranjero indicada en su solicitud, la documentación necesaria para poder emitir su voto y la hoja informativa no más tarde del día 8 de abril, o del día 16 de abril, si hubiera impugnación de candidatos.
Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, no más tarde del día 24 de abril.