22/04/2016
Extranjeros sometidos a la obligación de visado.
Pulse aquí para acceder a la información de países a cuyos ciudadanos se les exige visado de entrada.
Documentación exigida para la solicitud de visado de estancia Schegen para familiares beneficiarios del régimen comunitario.
1. Original y fotocopia del formulario de solicitud del visado que se entrega gratuitamente en la Sección Consular de esta Embajada, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
2. Dos fotografías tipo carnet, tamaño 3 X 4, color, fondo claro, primer plano del rostro, sin ojos rojos ni sombras.
3. Original y fotocopia del pasaporte o Título de viaje reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de seis meses. No se aceptan los pasaportes o documentos de viaje renovados cuya primera expedición tuvo lugar hacer más de 10 años.El pasaporte o documento de viaje debe tener al menos dos páginas en blanco. Los pasaportes o documentos de viaje visiblemente deteriorados, dañados total o parcialmente, con alguna de sus hojas desprendidas o rasgadas o que no tengan banda de lectura magnética serán rechazadas. Si tiene dudas al respecto, le recomendamos que renueve el pasaporte.
4. Original y fotocopia de la tarjeta de admisión como Residente en Paraguay (para ciudadanos no paraguayos que necesiten visado, los paraguayos familiares de comunitarios están exentos de este visado).
5. Original y fotocopia de la cédula de identidad civil expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional de Paraguay (para ciudadanos no paraguayos que necesiten visado, los paraguayos familiares de comunitarios están exentos de este visado).
6. Fotocopia del DNI y/o pasaporte del comunitario reagrupante.
7. Original y Fotocopia de la documentación que acredite que el Ciudadano de la Unión Europea que genera el derecho reside en España o viaja a nuestro país. (Certificado de empadronamiento y fotocopia de la Tarjeta de residencia o certificado análogo que acredite la residencia en España en el supuesto de ciudadanos de un Estado miembro de la UE, EEE y Suiza y, en su caso, billete(s) con destino en España.)
8. Original y Fotocopia de la documentación que acredite la voluntad del Ciudadano de la Unión Europea de que el solicitante de visado le acompañe o se reúna con él.
9. Reserva del pasaje.Se recomienda aportar reserva de pasaje con indicación completa de las fechas de viaje a España. En caso de que el reagrupante no resida en España y viajen juntos a España, la presentación de la reserva de pasaje conjunta es obligatoria.
ADEMÁS, DE LOS PUNTOS ANTERIORES, SEGÚN EL CASO QUE CORRESPONDA, DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE EL VÍNCULO FAMILIAR Y, EN SU CASO LA EDAD Y LA DEPENDENCIA ECONÓMICA:
- Cónyuge o pareja registrada en Registro Oficial de un país miembro de la UEE, EEE y Suiza: Deberán aportar uno de los siguientes documentos:
- Original y fotocopia del Certificado literal de Matrimonio. Original y fotocopia del Certificado literal de Matrimonio.
- Original y fotocopia simple del Libro de Familia.
- Certificado del registro oficial de pareja de hecho.
- Hijos de ciudadano comunitario, de su cónyuge o de su pareja registrada: (menores de 21 años de edad o mayores que vivan a cargo o discapacitados)
- Original y fotocopia del Certificado literal de Nacimiento del Registro Civil local del país de origen (fotocopia del acta de inscripción del Tomo-Libro del Registro Civil), debidamente legalizado por la autoridad competente.
- Original y fotocopia de uno de los siguientes documentos: Original y fotocopia de uno de los siguientes documentos:
a)Certificado literal de Matrimonio de los padres del país de celebración, (se trata de la fotocopia del acta de inscripción del Tomo-Libro del Registro Civil), debidamente legalizado por la autoridad competente.
b) Libro de Familia y fotocopia del mismo.
c) Fotocopia del certificado del registro público de parejas de hecho.
- Autorización de los progenitores que ostenten la patria potestad o tengan otorgada la custodia y estén efectivamente a su cargo. Si el hijo es de uno sólo de los cónyuges o miembros de la pareja, deberá presentarse documento original y fotocopia de la autoridad competente paraguaya (Juzgado de la Niñez y de la Adolescencia), sobre autorización u homologación de acuerdo sobre la Guarda, Custodia, Tenencia del menor, de parte del padre o madre biológico, a favor del reagrupante residente en España.
- Los hijos mayores de 21 años deben acreditar la dependencia económica del ciudadano comunitario o su incapacidad legal.
- Padres de ciudadano comunitario, de su cónyuge o de su pareja registrada:
- Si se trata de ascendientes del reagrupante, original y fotocopia del Certificado literal de Nacimiento del reagrupante residente en España, (fotocopia del acta de inscripción del Tomo-Libro del Registro Civil), debidamente legalizado por la autoridad competente.
- Si se trata de ascendientes del cónyuge o su pareja registrada, acreditación del vínculo entre el reagrupante y su cónyuge o su pareja (original y fotocopia) junto con el certificado liberal de nacimiento del cónyuge o su pareja, debidamente legalizado.
- Original y fotocopia de la documentación que demuestre que el solicitante vive a expensas del reagrupante. Ejemplos: transferencias de dinero, recibos de encomiendas, etc.
En el momento de la solicitud no deberá abonarse tasa alguna ya que los beneficiarios de derecho comunitario están exentos de la misma.
ADVERTENCIA: de acuerdo con la legislación española actual, la Embajada de España dispone de hasta 15 días de plazo para la resolución de su solicitud, por lo que se desaconseja comprar el billete de avión para viajar a España antes de que dicha resolución le sea comunicada. Eventualmente, esta Embajada podrá citar al interesado para una entrevista personal y solicitar, además de la documentación presentada, cualquier otra que sea preceptiva para valorar las circunstancias antes señaladas.
Información adicional aclaratoria sobre familiares beneficiarios del régimen comunitario.
Ciudadanos paraguayos y otros extranjeros están exentos de la obligación de visados para la entrada al territorio europeo.
Pulse aquí para acceder a los extranjeros exentos de la obligación de visado para la entrada al territorio europeo.
Se recomienda leer con atención toda la información contenida en este documento
1.- Habilita a su titular (familiar de ciudadano de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza residente en España) a reagruparse con su familiar en España.
2.- ¿Qué familiares pueden ser objeto de dicha reagrupación?: Aquellos que acompañen al ciudadano de la UE, del EEE o Suiza o que deseen residir con él en España, y que pertenezcan a una de las siguientes categorías:
- Cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio.
- Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, siempre que no se haya cancelado dicha inscripción. Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, siempre que no se haya cancelado dicha inscripción.
- Descendientes directos del ciudadano comunitario y los de su cónyuge o pareja registrada, que sean menores de 21 años, mayores de 21 años que vivan a su cargo, o incapaces. Descendientes directos del ciudadano comunitario y los de su cónyuge o pareja registrada, que sean menores de 21 años, mayores de 21 años que vivan a su cargo, o incapaces.
- Ascendientes directos y los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo. Ascendientes directos y los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo.
3.- Cómo se tramita:
A.- Los familiares reagrupables de nacionalidad paraguaya (y de demás países a los que no se exige visado de estancia) no necesitan solicitar visado en la Embajada para solicitar la reagrupación familiar en régimen comunitario. Por tanto, deberán viajar a España y, una vez allí, solicitar, en el plazo de tres meses, una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el interesado pretenda permanecer o fijar su residencia, o, en su defecto, en la Comisaría de Policía correspondiente.
B.- Documentación necesaria:
-Antes de que el familiar reagrupable se desplace a España, se recomienda que el ciudadano español/comunitario se informe en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía correspondiente sobre los requisitos para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
-Dicha información se puede obtener igualmente en alguna de las siguientes páginas web:
http://www.policia.es/documentacion/comunitarios/est_resid.html;
http://www.interior.gob.es/extranjeria-28/ciudadanos-de-la-union-europea-718/estancia-y-residencia-722?locale=es.
-A efectos orientativos cabe señalar los documentos principales que serán requeridos (cualquier aclaración al respecto deberá solicitarla en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía correspondiente):
- Impreso de solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, cumplimentado en el modelo oficial establecido al efecto.
- Pasaporte válido y en vigor. Si está caducado, copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Documentación acreditativa, en su caso debidamente traducida y legalizada, de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la UE o EEE o Suiza; de la validez del matrimonio; o certificación expedida (con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de presentación de la solicitud) por el órgano encargado del registro de parejas correspondiente de la inscripción como pareja.
- Certificado de registro del ciudadano comunitario al que acompaña o con el que va a reunirse, presentado junto al pasaporte o documento de identidad, en vigor, de éste. En caso de que el derecho derive de un ciudadano español, DNI de éste o autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad.
- En caso de descendientes de 21 años o mayores de esa edad o ascendientes directos: acreditación por cualquier medio de prueba admitido en Derecho de que sus medios proceden del ciudadano comunitario. En caso de descendientes de 21 años o mayores de esa edad o ascendientes directos: acreditación por cualquier medio de prueba admitido en Derecho de que sus medios proceden del ciudadano comunitario.
- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
- Salvo en los casos de no tener asignado NIE con carácter previo a la solicitud, documento acreditativo del abono de la tasa por expedición de la tarjeta (en el resto de los casos, el órgano administrativo ante el que se presente la solicitud de NIE, hará entrega del impreso para su abono, a efectos de que éste sea efectuado con carácter previo a la expedición de la tarjeta).
4.- Advertencias importantes:
-Los documentos emitidos en Paraguay (certificado de antecedentes penales, certificaciones literales de nacimiento o matrimonio, etc.) sólo tendrán efecto en España si han sido previamente legalizados. Por lo tanto, los documentos que vayan a ser presentados en España en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía correspondiente tendrán que haber sido apostillados previamente en Paraguay. El proceso de legalización/apostilla en el caso de Paraguay, finaliza en el Ministerio de Relaciones Exteriores (consultar convenio de la Apostilla de la Haya).
-Aunque no se requiera visado para entrar en España, hay que tener en cuenta no obstante todos los requisitos exigidos para entrada y residencia. Por ello es importante recabar previamente en la Oficina de Extranjería información sobre los documentos que debe portar el familiar reagrupable en el momento de trasladarse a España. Serán importantes todos los documentos señalados más arriba, e incluso la propia cita en la Oficina de Extranjería para tramitar la tarjeta de residencia.
-En el caso de que el familiar reagrupable sea un menor, es altamente recomendable que se informen en la Embajada o Consulados de Paraguay en España y/o ante un juzgado de la niñez y adolescencia en Paraguay sobre los requisitos exigidos para la salida de menores de edad del país. Posiblemente se les exija una venia de viaje ante dicha autoridad judicial y será igualmente importante que no haya dudas sobre la patria potestad (bien que se ejerza en solitario, bien que se cuente con la correspondientes autorización del otro progenitor del niño para que éste viaje).
-Se recomienda que los familiares reagrupables se pongan en contacto directamente con la compañía aérea para indicar que viajarán a España (exhibiendo inclusive la presente hoja informativa), con la finalidad de una residencia en régimen comunitario. La compañía aérea no deberá exigirle que presente billete de ida y vuelta, pues en prind permanecerá en España con fines de reagrupación.