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Convocatoria de subvenciones

Ha sido publicada la convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva para proyectos destinados a ayudas a la emigración madrileña.
19 de octubre de 2017

Ha sido publicada la convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva para proyectos destinados a ayudas a la emigración madrileña.

Siendo subvenciones destinadas a entidades con sede social en el país donde se vayan a desarrollar las actividades objeto de la subvención, entendemos que pueden ser una gran herramienta para su difusión entre las entidades interesadas en su país.

Adjuntamos el enlace a la página de servicios y trámites de la Comunidad de Madrid donde se encuentra la información relacionada con la convocatoria, publicada el día 9 de octubrehttp://www.madrid.org/Se abre en ventana nueva


Destacar ciertas cuestiones que es importante tener en cuenta para la tramitación de las subvenciones:

  • Es relevante tener en cuenta, que cuando la cuantía de la subvención concedida sea inferior a 20.000 €, no se requerirá constitución de garantía (mediante aval u otros medios), mientras que si la cuantía excede de dicha cantidad será necesario constituir garantía.
  • Este año, de acuerdo con la normativa vigente, la presentación de la solicitud y de la documentación que debe acompañarla se realizará exclusivamente por medios electrónicos.
  • Para presentar la solicitud es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.

La tramitación del certificado electrónico se realiza a través de los consulados.

En este enlace puedes consultar la tramitación para la presentación telemática: https://gestionesytramites.madrid.org/Se abre en ventana nueva

  • En el caso de imposibilidad de disponer de un certificado telemático para realizar la presentación por medios electrónicos, la convocatoria prevé que los interesados puedan habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para la presentación y recepción telemática de las comunicaciones que se intercambien en el procedimiento de la convocatoria de subvenciones correspondiente. Esta habilitación se recoge en el Anexo I de esta Orden, en el punto 3 (datos del autorizado para la presentación).
  • No obstante, también se podrá habilitar a una persona de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, lo que podrá notificarse con carácter previo mediante escrito del representante legal por correo postal.
  • El Anexo III de la convocatoria recoge el modelo de memoria descriptiva del proyecto y económica a la que deben adaptarse los proyectos.

Por último, señalar que no se valorarán los proyectos con carácter previo a su presentación formal.


El plazo de presentación finaliza el día 8 de noviembre de 2017.