El 21 de octubre entró en vigor la Ley de Memoria Democrática que amplía las opciones de adquisición de la nacionalidad española. Podrás optar:
- Si has nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
- Si has nacido en el exterior y tu mare española perdió la nacionalidad por casarse con extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.
- Si eres mayor de edad y a tu padre o madre le fue reconocida la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con la Ley 20/2022 (Memoria Democrática) o con la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007 (Memoria Histórica).
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se amplía un año el plazo de dos años para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española recogido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, que se inició el 21 de octubre de 2022.
En el siguiente documento puede encontrar toda la información e instrucciones para optar a la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática en el Consulado General de España en Sydney.
Ley de la Memoria Democrática Consulado General España en Sydney.pdf