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ELECCIONES 10 NOV - RESIDENTES

27 de septiembre de 2019
10 DE NOVIEMBRE DE 2019
 
 RESIDENTES
 
 
REVISIÓN DE LISTAS DEL CENSO ELECTORAL
 
 
Los españoles inscritos como residentes en este Consulado General podrán votar en las elecciones generales siempre que figuren en el censo de electores residentes ausentes (CERA).
 
Si usted está inscrito como residente y desea ejercer su derecho al voto en estas elecciones, debe  revisar los datos de su inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes por si fuera necesario presentar una reclamación para corregirlos o actualizarlos.
 
Los electores podrán consultar las listas electorales personalmente en este Consulado General o por medios informáticos, mediante el envío de un correo electrónico previa identificación del interesado. Asimismo, dicha consulta podrá realizarse por vía telemática en la dirección https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones, en el caso de personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE.
 
 
A estos efectos el Consulado General de España mantendrá expuestas al público las listas del 30 de septiembre al 7 de octubre de 2019, ambos inclusive, en horario de 8.00 a 14:00. El sábado 5 y el domingo 6 de octubre estaremos abiertos de 9:00 a 13:00.
 
La reclamación en su caso debe presentarse personalmente en el Consulado General con el pasaporte, DNI o carnet de conducir españoles en original, en el horario antes indicado.
 
 
SOLICITUD DE LA DOCUMENTACIÓN PARA VOTAR
 
Los electores que hubieran solicitado el voto para las elecciones a Cortes Generales de 28 de abril de 2019, siempre que su solicitud fuera aceptada y continúen inscritos en el CERA vigente para estas elecciones, no deberán solicitarlo de nuevo, dado que la OCE les enviará de oficio la documentación.
 
Sí tendrán que presentar reclamación y solicitar el voto aquellos electores que hayan tenido algún cambio en sus datos que no esté reflejado en el censo cerrado a 1 de julio, los que no solicitaron el voto en el proceso anterior, o aquellos a los que la OCE no aceptó su solicitud.
 
El elector deberá solicitar la documentación para votar a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral hasta el 19 de octubre  de 2019 inclusive. El impreso de solicitud se acompañará de fotocopia del pasaporte o del DNI o, en su defecto, certificación de inscripción en nuestro Registro de Matrícula.
 
 La solicitud de la documentación para votar podrá hacerse vía correo postal, fax o Internet:
 
a)     Si desea solicitarla por fax o correo postal, deberá enviar la solicitud a la  Delegación Provincial de la OCE correspondiente a la provincia en cuyo censo se encuentre inscrito en España. Podrá acceder a las direcciones y números de fax de las Delegaciones Provinciales de la OCE en el enlace http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
 
b)     Si desea solicitarla por internet y posee certificado electrónico reconocido asociado a su DNI, deberá acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/
 
c)     Si desea solicitarla por internet con la clave de tramitación telemática CTT remitida de oficio por correo postal a su domicilio, deberá acceder al trámite “Solicitud voto CERA” en la dirección https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera/ mediante la CTT y seguir las instrucciones que se le presenten, adjuntando el fichero de la imagen de UNO de los siguientes documentos: DNI, pasaporte español, certificación de nacionalidad española, o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
 
 
El impreso puede solicitarse en el Consulado o descargarse a través de este enlace que lo lleva a una página del Ministerio de Asuntos Exteriores donde se descarga:
 
 
  
MODALIDADES PARA EJERCER EL DERECHO DE SUFRAGIO
 
 
Una vez recibida la documentación para votar, el elector dispone de dos opciones:
 
a)     Depositar personalmente el voto en urna en este Consulado General los días 6,7 y 8 de noviembre en horario de 8:30 a 16:30, provisto de su pasaporte, de su D.N.I. o de su certificado de residencia.
 
b) Enviar su voto por correo certificado a este Consulado General hasta el 5 de noviembre de 2019 inclusive. 
 
Solo podrá votar si ha recibido su documentación electoral.  
 
 
Para información adicional sobre este proceso electoral visite la página electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (www.exteriores.gob.es) y la de este Consulado (www.exteriores.gob.es/consulados/santodomingo) o comuníquese a nuestro correo cog.santodomingo.pas@maec.es