La Comunidad de Madrid ha convocado unas subvenciones para la atención y apoyo a la emigración dirigidas a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro.
- Podrán ser sus beneficiarios las asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro que tengan sede social en el país donde vayan a desarrollar proyectos de interés general para los emigrantes madrileños y que reúnan los requisitos detallados en la convocatoria.
- Las bases reguladoras de la convocatoria son las establecidas por la Orden 2072/2017, de 10 de julio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. - La convocatoria de concesión de estas subvenciones se rige por lo establecido en la Orden 2511/2019, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.
- La cuantía máxima de la subvención por beneficiario no podrá superar los treinta mil euros.
- El período subvencionable comprenderá entre el 2 de septiembre de 2019 y el 31 de marzo de 2020.
- La solicitudes se podrán presentar entre el 3 de septiembre y el 2 de octubre de 2019, ambas fechas inclusive.
Para cualquier duda o aclaración pueden dirigirse al correo electrónico de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea de la Comunidad de Madrid: dg.asuntoseuropeos@madrid.org.