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Madrileños en el exterior

5 de diciembre de 2018
Se ha publicado la Orden 2393/2018, de 30 de noviembre,  del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se convoca a los Consejos de Residentes en el Extranjero y a las Asociaciones y Centros de Madrileños en el Extranjero, para la presentación de candidaturas al Consejo de la Emigración y el Retorno, que desarrolla el Decreto 158/2018, de 6 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la promoción y ayuda de la Comunidad de Madrid a los madrileños residentes en el extranjero y se crea el Consejo de la Emigración y el Retorno de la Comunidad de Madrid. Se ha previsto que puedan formar parte como vocales de dicho Consejo, tres representantes de las asociaciones y centros inscritos en el Registro de Asociaciones y Centros de Madrileños en el Extranjero de la Comunidad de Madrid y tres de los Consejos de Residentes en el Extranjero (CREs). En el Decreto y la Orden se recoge la regulación completa del órgano y las condiciones de participación.
 
De este modo, de cara a poder manifestar el interés en participar en el mencionado Consejo, tanto los CREs como las Asociaciones pueden presentar su candidatura por medios electrónicos en el caso de que dispongan de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
 
Excepcionalmente, en caso de no disponer de un certificado electrónico, podrán manifestar su interés y presentar las candidaturas a través del correo electrónico oficial de la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado: dg.asuntoseuropeos@madrid.org
 
Existen por tanto dos posibilidades.
 
En el caso de los CREs:
 
En el supuesto de que el número de solicitudes de participación de los CREs exceda de 3, se elegirá a los de las demarcaciones consulares con mayor representación de madrileños, de acuerdo con los últimos datos disponibles del PERE.
Igualmente, cuando varias solicitudes provengan de CREs del mismo país, solo se tendrá en cuenta la solicitud realizada por el CRE con mayor representación de madrileños en cada país.
 
Para acreditar dichos datos, deberán enviar un certificado del Consulado, en la que conste la población madrileña de la demarcación consular que representan, de acuerdo con los últimos datos disponibles del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero, teniendo en cuenta que tiene que ser igual o superior a 300.
Igualmente, se aportará el documento que acredite el poder de representación del presidente del CRE,  junto con su DNI o documento identificativo.
 
En el caso de las Asociaciones de Madrileños:
 
En el supuesto de que el número de solicitudes de participación de las asociaciones y centros inscritos en el Registro de Asociaciones y Centros de Madrileños en el Extranjero de la Comunidad de Madrid exceda de 3, tendrán prioridad aquellas que tengan un mayor número de socios, extremo que se acreditará mediante certificado del Presidente de la asociación.
Igualmente, se aportará el documento que acredite el poder de representación del presidente de la asociación,  junto con su DNI o documento identificativo.
 
 
 
El plazo para que unos y otros manifiesten interés concluye el día 18 de diciembre a las 23:59 horas de Madrid.
 
¡Os animamos a todos participar!