Desde el 28 de diciembre del 2017 se ha ampliado a 144 horas (antes establecido en 72 horas) el tiempo permitido de estancia en tránsito en Pekín con exención de visado, añadiendo además la provincia de Hebei y la municipalidad de Tianjín. Los viajeros en tránsito aéreo, terrestre o marítimo que entren por uno de los 6 puertos fronterizos (Beijing Capital International Airport, Beijing West Railway Station, Tianjin Binhai International Airport, Tianjin International Cruise Home Port, Shijiazhuang Zhengding International Airport o Qinghuangdao Port) podrán acogerse a este régimen de exención de visado por una duración máxima de seis días, siempre que dispongan de un pasaporte válido y que cumplan los requisitos establecidos en el párrafo anterior y el régimen general, es decir, que dispongan de un billete a un tercer país pagado y cerrado y, si fuese preceptivo, del visado para el tercer país. No se aceptan billetes de ida y vuelta y tampoco se podrán acoger los viajeros que tengan previsto visitar zonas distintas a las de Pekín, Tianjín o Hebei.
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