Se informa que desde las 00.00 H del 01/03/2021 hasta las 24.00 h del 14/03/2021, se exigirá una prueba diagnóstica de infección activa para SARS-COV-2 con resultado negativo como requisito de entrada a España, a los viajeros que procedan de los siguientes países y zonas:
1. A todos los países terceros, con la excepción de Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, República de Corea, Tailandia y la RP China incluyendo sus regiones administrativas especiales (SAR, en inglés) de Hong Kong y Macao.
2. A los países y zonas de la Unión Europea / Espacio Económico Europeo, considerados como zonas de riesgo rojo oscuro, rojo o gris, en base a los indicadores combinados según la Recomendación del Consejo 2020/1475, disponible en el siguiente enlace:
Este listado se actualiza quincenalmente y se publica en las siguientes páginas web: www.mscbs.gob.es y www.spth.gob.es Puede consultar el listado, que actualmente está vigente hasta el 14/03/2021, en el siguiente enlace: Para viajes desde el Reino Unido, Brasil y Sudáfrica, se aplica actualmente la Orden PCM/118/2021, de 11/02/2021, disponible en el siguiente enlace: