Se comunica que, de conformidad con el artículo 3, párrafo 2 del Código de Visados, se ha acordado requerir a los nacionales de Uzbekistán titulares de pasaporte ordinario estar en posesión de un visado de tránsito aeroportuario (TAP) para transitar por las zonas internacionales de tránsito de los aeropuertos situados en España. Dicha medida entrará en vigor el próximo 15 de septiembre de 2023.
Por consiguiente, a partir del próximo 15 de septiembre, todos los nacionales de Uzbekistán titulares de pasaporte ordinario que deseen realizar tránsito aeroportuario en España deberán estar en posesión de un visado TAP en vigor.