Con la Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Oficina del Censo Electoral, se ha establecido un nuevo procedimiento para la solicitud de voto de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero.
Para las próximas elecciones que se organizarán en España, los españoles que residan en el extranjero podrán tramitar la solicitud de voto por Internet, utilizando una clave de tramitación telemática (CTT) asignada a cada elector. Lo anterior no implica poder votar por Internet, sólo poder solicitar el voto.
Para más información, consulte el BOE núm. 63 de 14 de marzo de 2015, Disposición nº 2717: BOE-A-2015-2717.pdf, o el enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2015/03/14/pdfs/BOE-A-2015-2717.pdf