Nombramiento de tutor(es) para el caso de fallecimiento del único padre o tutor o el simultáneo de ambos
El Consulado recomienda a los expatriados españoles en Hong Kong con hijos menores que, con carácter provisorio, prevean el supuesto de fallecimiento del único padre o tutor o el simultáneo de ambos (padres o tutores) en el extranjero. Para evitar el desamparo de los hijos, si se diese el caso, es muy recomendable firmar el formulario de Nombramiento de tutor(es), documento hecho por el Labour and Welfare Bureau of Hong Kong. Este documento permite, en caso de fallecimiento de los padres y tutores, que los menores en Hong Kong queden bajo la protección y cuidado de los tutores propuestos en el mismo.
Los padres y tutores que deseen preveer lo anterior, tienen que rellenar dicho formulario y firmarlo ante dos testigos. Después, el tutor propuesto tiene que firmarlo prestando su consentimiento. Dicho documento no tiene ningún coste, y será reconocido por el gobierno de Hong Kong sin ser legalizado. Las personas interesadas tienen que guardar copia del mismo.
Permiso para salida de menores de España al extranjero
El viaje de y con menores de edad está sometido a restricciones específicas. La policía de fronteras, tanto dentro como fuera de la zona Schengen, tiene el mandato específico de prestar una especial atención a los menores, viajen acompañados o no.
En el caso de los menores que viajen solos, los agentes de fronteras tienen potestad para realizar una inspección minuciosa de los documentos y justificantes de viaje, a fin de asegurarse de que los menores no abandonan el territorio contra la voluntad de las personas que ejercen la patria potestad.
Si los menores viajan acompañados, el agente de fronteras puede solicitar documentación que pruebe la patria potestad del/los acompañantes o de los que suscriben la autorización del viaje del menor con otro adulto. Además, si el menor va acompañado sólo por uno de sus progenitores, se puede solicitar también autorización expresa del progenitor ausente o efectuar una investigación más pormenorizada si sospecha que se ha podido privar ilícitamente de la custodia del menor a quien la ejerza.
Se recomienda, con carácter general, si el menor viaja solo, acompañado por un único progenitor o por terceras personas:
- Llevar consigo la autorización expresa, en su caso, de los padres, del progenitor ausente o de quien ejerza legalmente la patria potestad.
- Portar los documentos de viaje ordinarios (pasaporte o Documento Nacional de Identidad, en su caso)
- Llevar consigo la documentación que pruebe la filiación y patria potestad según el caso y el país de destino.
Con objeto de justificar la salida del territorio nacional de los menores las personas que ejerzan la patria potestad pueden presentarse en un Puesto de la Guardia Civil, de la Policía Nacional o de un Consulado General para formalizar por escrito la correspondiente autorización.
Formulario modelo
Para agilizar el trámite tienen la posibilidad de rellenar un formulario en formato PDF con los datos necesarios para su tramitación.
Autorización para salida de menores de España al extranjero
Una vez relleno el formulario deberá enviarlo por correo electrónico a cog.hongkong@maec.es y solicitar cita para firmarlo en este Consulado General. Es necesario presentar un documento de identidad (DNI o pasaporte) y el resto de documentación que acredite la patria potestad del menor (DNI o pasaporte del menor, libro de familia, etc.).
La autorización tiene una validez de 30 días desde su expedición.
Pasaporte para los menores de edad
Servicios consulares (exteriores.gob.es)