El próximo 19 de junio se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía, según convocatoria publicada en el Boletín Oficial extraordinario nº 14 de la Junta de Andalucía del pasado 26 de abril.
A continuación, se facilita información para que pueda hacer efectivo su derecho al voto:
Residentes en esta demarcación consular, voto CERA
1. Consulta censo electoral y reclamaciones
La consulta del censo electoral y las posibles reclamaciones pueden realizarse durante los días 2 a 9 de mayo, ambos inclusive, de las siguientes maneras y en los horarios que se mencionan:
A) Consultas:
Sólo es posible si dispone del sistema Cl@ve de autenticación, de un certificado electrónico reconocido por el INE (Instituto Nacional de Estadística) o de un DNI electrónico.
Enlace: https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones
- Presencialmente en este Consulado General:
5th Floor, R&F Center, No. 10 Huaxia Rd, Tianhe District, Cantón.
Horario de 11 a 13 horas los días 2, 7 y 8 de mayo, y de 9 a 14 horas los días 3,4,5,6 y 9 de mayo.
cog.canton.nac@maec.es, adjuntado una copia del pasaporte o del DNI.
Llamando al 38 927185 o 38 928909 Ext. 118 y 117 en las horas y días señalados.
Y acreditando su identidad.
B) Reclamaciones:
- Han de realizarse personalmente en este Consulado General en el horario y días arriba señalados. Las reclamaciones abarcan su exclusión del censo, su inclusión incorrecta así como la actualización de sus datos.
- Para ello ha de rellenarse y entregar el impreso oficial (CERA-R17), que se facilita en esta oficina consular.
- El Censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de febrero de 2022. Si usted se hubiera inscrito con posterioridad a esta fecha o hubiera cambiado su municipio de inscripción en los 12 meses anteriores al 1 de febrero de 2022 deberá cursar la oportuna reclamación para su inclusión en el Censo de estas elecciones.
- Las nuevas listas electorales, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, podrán consultarse en este Consulado General el viernes 13 de mayo de 9:00 a 14:00 horas.
2. Solicitud de documentación electoral.
Tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si presenta reclamación, la solicitud debe formularse mediante impreso oficial de solicitud de voto que puede obtenerse de las siguientes maneras:
- En este Consulado General.
- Por fax dirigido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente al municipio en que se encuentre inscrito (http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
- O bien puede recibirla por correo postal, enviado desde España por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia en la que se encuentre inscrito, de figurar en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
- Debidamente cumplimentado y firmado, dicho impreso ha de remitirse no más tarde del 21 de mayo a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral del municipio en el que estuviere inscrito por cualquiera de las siguientes vías:
- Fax o correo postal. Los números de fax y las direcciones postales se encuentran en el siguiente enlace: http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
- Internet: https://sede.ine.gob.es/Solicitud_voto_CERA
Para poder utilizar esta vía es necesario contar con un certificado electrónico reconocido asociado a su DNI, mediante el sistema Cl@ve o disponer de la clave de transmisión telemática CTT incluida en el impreso oficial de la solicitud de voto remitido de oficio a cada elector por su Oficina del Censo Electoral. La CTT puede consultarse en el siguiente enlace:
https://sede.ine.gob.es/consulta_ctt
- Al utilizar cualquiera de estas vías, no olvide adjuntar la documentación acreditativa de su identidad (fotocopia de la página de datos del pasaporte o del DNI, o el certificado de inscripción en este Registro de Matrícula Consular, que se expide gratuitamente en este Consulado General y se solicita sin cita previa).
- La Oficina del Censo Electoral correspondiente remitirá, no más tarde del 30 de mayo, o del 7 de junio, si hubiere impugnaciones de candidatos, la documentación electoral pertinente al domicilio que tengan registrado los electores en el CERA.
3. Ejercicio del derecho de voto.
Recibida la documentación electoral, el derecho de voto puede ejercerse de las dos maneras siguientes:
- Depositando su voto personalmente en la urna habilitada en este Consulado General (5th Floor, R&F Center, No. 10 Huaxia Rd, Tianhe District, Cantón) los siguientes días:
- Miércoles, 15 de junio de 9:00 a 14:00 horas
- Jueves, 16 de junio de 9:00 a 14:00 horas
- Viernes, 17 de junio de 9:00 a 11:00 horas
En el momento de depositar el voto deberá identificarse con su pasaporte, D.N.I. o certificado de residencia expedido por este Consulado General, entregando el segundo certificado de inscripción en el censo electoral que habrá recibido junto con el resto de la documentación electoral.
Mediante correo ordinario dirigido a este Consulado General y enviado no más tarde del día 14 de junio.
- En el sobre dirigido a este Consulado General deberá figurar claramente un matasellos de correos con la fecha de envío, siendo esto esencial para que el voto sea válido.
- En ambas modalidades de voto se deberán seguir estrictamente las instrucciones que vendrán con la documentación electoral.
Electores CERA inscritos en un municipio de Andalucía, que se encuentren temporalmente en España durante los comicios
- Para la consulta de su inclusión en el censo electoral, y la posible presentación de reclamaciones, debe proceder según se detalla en el punto 1 (Consulta censo electoral y reclamaciones) del apartado Residentes en esta demarcación consular, voto CERA.
- La solicitud de la documentación para votar ha de realizarse no más tarde del 9 de junio inclusive, sin que ello suponga su baja en el CERA.
- Para realizar dicha solicitud debe cumplimentar el impreso disponible en todas las oficinas de Correos de España, y enviarlo a la Delegación de la Oficina del Censo Electoral correspondiente al municipio en que estuviere inscrito, mencionando en el remite la dirección en España en la que desea recibir la documentación electoral.
- Recibida la documentación electoral en la dirección señalada en la solicitud, el elector deberá enviar su voto por correo certificado a su mesa electoral no más tarde del 15 de junio, incluido. Estos electores no pueden votar personalmente.
Residentes en Andalucía que se encuentren temporalmente en China, voto ERTA
- En estos casos no se puede consultar en este Consulado General su inscripción en la lista del censo electoral de su domicilio, debiéndolo hacer en España, y presentar allí, si fuera necesario, la oportuna reclamación.
- Para poder votar, en caso de hallarse en la demarcación de este Consulado General el día en que se celebren las votaciones, debe inscribirse como no residente en el Registro de Matrícula Consular de esta Oficina consular, sin que ello afecte a su padrón en España.
- A estos efectos, se recuerda que la demarcación del Consulado General de España en Cantón incluye las siguientes provincias: Guangdong, Hunan, Fujian, Hainan, Guizhou, Guangxi y Yunnan.
- Una vez inscrito como no residente, debe solicitar no más tarde del día 21 de mayo a la Delegación de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio el envío de la documentación electoral a su domicilio provisional en China. Dicha solicitud ha de realizarse mediante impreso oficial:
- o a su disposición en este Consulado General.
- Una vez debidamente cumplimentado y firmado dicho impreso de solicitud de documentación electoral, el elector debe entregarlo personalmente no más tarde del día 30 de mayo, o del 7 de junio si hubiera impugnación de candidatos, en este Consulado General (en horario de 9:00 a 14:00 horas los días laborales, y de 11:00 a 13:00 el sábado 21 de mayo), identificándose con su D.N.I. o pasaporte español.
- Tras recibir la documentación electoral, debe enviar su voto a España por correo certificado no más tarde del 15 de junio, incluido. Para estos electores, NO es posible depositar el voto en este Consulado General.
Cantón, a 28 de abril de 2022