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ELECCIONES A LA ASAMBLEA DE MADRID. 4 DE MAYO DE 2021. CONSULTA DEL CENSO, SOLICITUD DE VOTO Y MODALIDADES DE VOTACIÓN

15 de marzo de 2021
ELECCIONES A LA ASAMBLEA DE MADRID
 
4 DE MAYO DE 2021
 
INFORMACIÓN ACTUALIZADA
CON FECHA 15 DE MARZO DE 2021
 
SOBRE CONSULTA DEL CENSO ELECTORAL,
SOLICITUD DE VOTO Y MODALIDADES DE VOTACIÓN
 
 
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN BERNA.
Marienstrasse 12. 3005 Bern. Teléfono: 031 356 22 20
Tranvías dirección: Worb nº 6, Ostring nº 7 y Sahli nº 8. Parada: Helvetiaplatz
Cantones pertenecientes a la demarcación consular: Berna, Friburgo, Neuchâtel, Basilea Ciudad, Basilea-Campiña, Jura y Solothurn
 
 
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado el día 11 de marzo la convocatoria oficial de las elecciones a la Asamblea de Madrid, que tendrán lugar el próximo 4 de mayo de 2021.
 
De conformidad con la normativa electoral, en estas elecciones se utilizará el censo electoral que quedó cerrado con fecha del pasado 1 de enero de 2021.
 
 
CONSULTA Y RECLAMACIÓN DEL CENSO CERA
 
Puede consultar su correcta inclusión en el censo electoral del CERA, en especial la dirección de su domicilio al que se remitirán la solicitud de voto y las papeletas y sobres de votación, entre los días 17 de marzo a 24 de marzo, ambos inclusive, bien personalmente en el Consulado o bien remitiendo un correo electrónico, adjuntando copia del DNI o pasaporte, al correo electrónico siguiente cog.berna@maec.es . Por razones de privacidad y protección de datos, no es posible atender consultas telefónicas sobre el censo electoral (031 356 22 24), salvo por razones excepcionales.
Si fuese necesario, porque hubiese algún error en el censo (por ejemplo, en caso de no haber notificado un cambio de domicilio al Consulado con anterioridad al 1 de enero de 2021), también se podrá entre el 17 de marzo y el 24 de marzo, ambos inclusive, presentar una reclamación por no inclusión o inclusión errónea en el CERA. Esta reclamación debe presentarse personalmente en el Consulado en esas fechas, estando abierto el Consulado con esta finalidad los días miércoles 17, jueves 18, lunes 22, martes 23 y miércoles 24, en su horario habitual de atención al público de 08.30 a 13.30 h, pero también el viernes 19, el sábado 20 y el domingo 21 de marzo, entre las 09.30 y las 11.30 horas, para que desde el Consulado se remita a España esa reclamación.
En caso de presentar una reclamación, deberá remitir una solicitud de voto, sin esperar a que se resuelva la reclamación, directamente por correo postal certificado o fax, pero no a través del Consulado. El impreso oficial de solicitud de voto estará disponible en el Consulado y también se podrá descargar por internet.
 
SOLICITUD DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL
 
 
Parar ejercer el derecho de voto, todos los electores deberán solicitar la documentación electoral (papeletas, sobres, etc.), no más tarde del lunes 5 de abril.
 
1)    Electores inscritos en el censo CERA.
 
Todos los electores inscritos en el CERA recibirán directamente por correo postal en sus domicilios las notificaciones de la Oficina del Censo Electoral de Madrid, con las instrucciones para solicitar la documentación electoral.
 
Los electores inscritos en el CERA que no hayan presentado una reclamación del censo, también pueden solicitar la documentación electoral por internet, mediante su clave CTT, sin necesidad de esperar a recibir la notificación de la Oficina del Censo Electoral.
 
Para ello, deben en primer lugar obtener su clave CTT en la siguiente dirección de internet de la Sede Electrónica del INE:
 
A continuación, deben acceder a “Solicitud de voto CERA” de la página web del INE mediante la opción “Acceso con CTT”.
 
2)    Electores residentes en Madrid que desean solicitar el voto ERTA.
 
Los electores que estén empadronados en Madrid y que se encuentren temporalmente en el extranjero, sin tener previsto estar en Madrid el día 4 de mayo, pueden votar desde Suiza solicitando personalmente en el Consulado un voto ERTA (Electores Residentes Temporalmente Ausentes).
Para ello, deben acudir personalmente al Consulado; inscribirse como No Residentes en el registro consular; y rellenar el formulario de solicitud de documentación electoral para voto ERTA que se le proporcionará en el Consulado y que se remitirá directamente por el Consulado a la Oficina del Censo Electoral de Madrid.
Realizado este procedimiento, recibirán la documentación electoral directamente desde España por correo certificado en la dirección que hayan indicado como su residencia temporal en Suiza.
Para realizar el trámite de solicitud de voto ERTA en el Consulado de España en Berna, podrán acudir, sin necesidad de cita previa, hasta el día lunes 5 de abril, inclusive. Para este trámite, el Consulado está abierto del miércoles 17 al miércoles 24 de marzo, en los mismos horarios que para la consulta del censo que se ha indicado más arriba; así como los días jueves 25, viernes 26, lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de marzo y jueves 1 de abril, en el horario habitual de atención al público de 08.30 h a 13.30 h. y también, con carácter excepcional, los días viernes 2, sábado 3, domingo 4 y lunes 5 de abril, de 09.30 a 11.30 h.
 
MODALIDADES DE VOTACIÓN
 
Una vez recibida en sus domicilios la documentación electoral, las modalidades de votación son:
 
1)    Electores inscritos en el censo CERA.
 
-       Pueden votar remitiendo su voto por correo certificado al Consulado no más tarde del 29 de abril, en el sobre especial pre-pagado, incluyendo la documentación que se indica en la hoja de instrucciones, que recibirán con su documentación electoral.
 
-       Pueden votar personalmente en urna en el Consulado identificándose con su DNI o pasaporte, durante los días 30 de abril, de 08.30 a 17.30 h, los días 1 y 2 de mayo, de 08.30 a 12.30 h., y, en caso de que se amplíe como en ocasiones anteriores el plazo de votación en el extranjero, el día lunes 3 de mayo, de 08.30 a 17.30 h. y el martes 4 de mayo, de 08.30 a 14.00 h.
 
2)    Electores residentes en Madrid que desean solicitar el voto ERTA.
 
No pueden votar en urna en el Consulado ni pueden enviar su voto por correo certificado al Consulado.
 
Únicamente pueden votar enviando por correo certificado, no más tarde del día 30 de abril,  su voto a su mesa electoral en España, según las instrucciones que recibirá junto a la documentación electoral.