España ha impuesto la obligatoriedad de una prueba PCR negativa 72 horas antes de la llegada a todos los viajeros procedentes de países de riesgo por coronavirus. La medida entró en vigor el pasado 23 de noviembre y es solo de aplicación para los viajeros, tanto extranjeros como nacionales, que accedan al país a través de puerto o aeropuerto. A partir del 30 de marzo aquellos viajeros procedentes de Francia por carretera también tienen la obligación de presentar una prueba PCR negativa.
Las pruebas PCR negativas se pueden presentar en francés, alemán, inglés y español.
A partir del 10 de diciembre de 2020 no será obligatorio que los niños menores de 6 años procedentes de países de riesgo y que viajen a España en avión o barco aporten una prueba PCR negativa para su ingreso en el país.
Puede consultar la lista de países a los que se exige una prueba PCR negativa en el siguiente enlace:
Todo pasajero debe cumplimentar antes de su entrada en el país por puerto o aeropuerto un formulario de salud pública. Puede conseguir el formulario on-line en http://www.spth.gob.es o descargándolo en la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-Sp TH. Obtendrá un código QR que deberá presentar a su llegada a España.
El Ministerio de Sanidad informó también que las personas que han superado la enfermedad pueden viajar a España con PCR persistentemente positiva y enfermedad por SARS-CoV-2 resuelta, aportando los siguientes documentos:
1. Certificado del resultado de la PCR, realizada en las 72 horas anteriores a su llegada.
2. Informe médico en el que se determine que la enfermedad por SARS-CoV-2 está resuelta, aunque persista la PCR +. Dicho informe deberá estar redactado en español o inglés y deberá contener la siguiente frase:
“Dº/Dª XXXXXXXX PUEDE VIAJAR EN AVION, AL NO SER CONTAGIOSO/A, A PESAR DE PRESENTAR UNA PCR POSITIVA DE COVID-19”
“MR/MRS XXXXXXX CAN TRAVEL BY PLANE AS HE/SHE DOESN’T TRANSMIT COVID-19 IN SPITE OF HIS/HER POSITIVE PCR”
Además, como no es posible obtener el código QR sin PCR negativa, tendrá que rellenar e imprimir el formulario en formato PDF, disponible en:
Enlace al formulario QR en pdf.
En los casos de estar en posesión del documento de vacuna Covid-19, los viajeros que entren en España por avión, deberán presentar igualmente una PCR negativa.
Los movimientos por todo el territorio francés en horario diurno, entre las 06:00 y las 21:00, no tienen restricción alguna. En el horario de toque de queda (entre las 21:00 y las 06:00) no están permitidos los desplazamientos por carretera, incluido el tránsito internacional.
Todos los viajeros mayores de 11 años que lleguen a Francia por vía terrestre, aérea o marítima, incluidos los procedentes de la Unión Europea, deberán aportar el resultado negativo de un test PCR realizado menos de 72 horas antes de salir del punto de origen del viaje.
VIAJAR DE ESPAÑA A SUIZA Y SITUACIÓN EN SUIZA
Tras la reunión del pasado 10 de marzo de 2021 del Gobierno Federal Suizo para la toma de nuevas medidas en la lucha contra la pandemia del COVID-19, España ha sido excluida en la lista de los países de riesgo por alta incidencia del coronavirus a partir del día 11 de marzo.
Por ello las nuevas condiciones de viaje son las siguientes:
· No se exigirá ningún tipo de test a los niños menores de 12 años.
· Cualquier viajero procedente de España NO está obligado a realizar cuarentena
· Será obligatoria la presentación de una prueba PCR negativa realizada 72 horas antes de su viaje si lo realiza en avión. También será válido de forma excepcional un test rápido de antígenos realizado 24 horas antes del viaje para casos específicos, pudiendo solicitar las autoridades suizas una PCR negativa a su llegada al país, con cargo al interesado.
Los viajeros también deberán rellenar un formulario de contacto que pueden encontrar en el siguiente enlace: