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NOTA DE PRENSA 074

Recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de la Generalitat de Cataluña por el que se reestablecen las delegaciones del Gobierno de la Generalitat en determinados países

jeudi 23 août 2018
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAUC) presentará recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 126/2018 de la Generalitat de Cataluña, de 26 de junio, por el que se restablecen las delegaciones del Gobierno de la Generalitat en el Reino Unido e Irlanda, Alemania, Estados Unidos de América, Italia, Suiza y Francia, por no haberse cumplido las condiciones que establece la legislación vigente para la creación de delegaciones de las Comunidades Autónomas (CCAA) en el exterior.

En efecto, el artículo 12 de Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado establece que antes de la creación de sus delegaciones en el exterior para el ejercicio de sus competencias, las CCAA deberán comunicar este hecho al Gobierno de España, de forma que el MAUC informe sobre la adecuación de la propuesta a las directrices, fines y objetivos de la Política Exterior, la Estrategia de Acción Exterior y, en particular, con el principio de unidad de acción en el exterior, así como para que el Ministerio de Hacienda pueda emitir informe en lo relativo al principio de eficiencia en la gestión de los recursos públicos, y el Ministerio de Política Territorial y Función Pública pueda hacerlo desde la perspectiva de su adecuación al orden competencial.

La Generalitat comunicó al MAUC la creación de esas delegaciones con sólo 24 horas de antelación a la adopción del decreto de creación, lo que hacía imposible emitir dichos informes.

En las conversaciones mantenidas entre el MAUC y el Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat, ésta explicó que en realidad no estaba abriendo ninguna nueva delegación sino reabriendo las que el gobierno central había cerrado en virtud de la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española. Sin embargo, en los procesos de creación de delegaciones después de la entrada en vigor de Ley 2/2014 tampoco se cumplieron los trámites legales, por lo que el anterior gobierno interpuso los correspondientes recursos contencioso-administrativos que fueron archivados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al considerar que se había perdido el objeto del recurso cuando dichas delegaciones fueron suprimidas.

La Generalitat también argumentó que en la práctica no se había tomado ninguna iniciativa para ponerlas en funcionamiento por lo que el MAUC esperó a que se rectificara y se cumpliera el procedimiento establecido por la legislación vigente antes del fin del plazo para presentar el recurso.

No obstante, durante el mes de julio, la Generalitat ha restituido a los delegados en Reino Unido e Irlanda, Alemania, Italia y Suiza y ha convocado durante el mes de agosto los concursos para nombrar los directores de las delegaciones en Francia y Estados Unidos de América, con lo que queda claro su voluntad de no cumplir con lo establecido en la mencionada Ley 2/2014 y de hacer caso omiso a las reiteradas advertencias que se le han hecho al respecto.

El MAUC no cuestiona la facultad del Gobierno de la Generalitat de Cataluña de establecer delegaciones en el exterior para el ejercicio, dentro del ámbito de sus competencias, de actividades con relevancia exterior, pero la creación de dichas Delegaciones debe ajustarse a lo establecido por la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.

El MAUC lamenta tener que presentar recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa pero no se le deja otra opción para preservar el mandato legal. Tal recurso no afectará obviamente a las 40 delegaciones de la Generalitat que mantiene como oficinas comerciales, las 13 oficinas turísticas y las 8 culturales que han sido creadas de acuerdo con el procedimiento legal vigente.