Pasaporte / DNI: Pasaporte en vigor, no bastando la presentación del DNI.
Debe comprobarse que la vigencia del pasaporte se extiende hasta tres meses después de la fecha de partida del país.
NO SE PERMITE LA SALIDA NI LA ENTRADA AZERBAIYAN CON UN PASAPORTE CADUCADO.
Visado: SI
Los visados de entrada deben obtenerse en las Embajadas y Consulados de Azerbaiyán.
El visado turístico y de corta estancia puede obtenerse en la Embajada de Azerbaiyán en España. Puede Ud. consultar en la página web de esa Embajada la documentación necesaria para la obtención de un visado. (http://w ww.azembassy.es/index.php).
Los españoles pueden además obtener su visado mediante un procedimiento online entrando en el siguiente enlace .
Los datos necesarios para el visado electrónico deben ser introducidos directamente en el sistema y resulta necesario subir una copia escaneada del pasaporte. El pago del visado electrónico se efectúa electrónicamente. El visado electrónico se envía a la dirección de correo electrónico del solicitante, que deberá viajar con una copia impresa del mismo.
Los nacionales del Reino de España, titulares de pasaportes diplomáticos válidos, que viajen por motivos oficiales o privados, pueden entrar sin necesidad de visado en el territorio de la República de Azerbaiyán por un periodo máximo de 90 días en un periodo de 6 meses, para una estancia ininterrumpida o para varias cuya suma no exceda ese periodo, a contar desde la primera entrada, siempre que no ejerzan una actividad remunerada durante su estancia, excluida la efectuada con fines de acreditación.
Debe prestarse atención a la fecha de caducidad del visado ya que se debe abandonar el país con anterioridad a la fecha de caducidad de éste, salvo que con antelación a la expiración se haya solicitado y obtenido una prórroga de las autoridades azerbaiyanas. En circunstancias excepcionales puede Ud. solicitar directamente al Servicio Estatal de Migración una prolongación de su visado.
Si su estancia en Azerbaiyán excede de la duración del visado, deberá obtener, antes de su salida un “permiso de salida" (documento oficial de estas autoridades que le autoriza a abandonar Azerbaiyán en 48h) en los Servicios Estatales de Migraciones. Se le impondrá una multa de entre 300 y 400 AZN (puede usted obtener un recibo del pago de la misma) que deberá abonarse en el Servicio Estatal de Migración, tanto en su oficina del aeropuerto como en la oficina que se encuentra en la siguiente dirección: 2020 Autopista de Binagadi 3123 Block, distrito de Binagadi, Baku , AZ1114, Azerbaiyán. Tel: +994 (0)12 562 56 23 o +994 (0)12 562 57 73; correo electrónico info@migration.gov.az
Todos los extranjeros que viajen a Azerbaiyán, que vayan a permanecer en el país 15 días o más deben registrarse en la Oficina del Servicio Estatal de Migración en los cinco primeros días hábiles desde el mismo día de la llegada. En caso de alojarse en un hotel, el hotel está obligado a hacerlo por Ud, pero es conveniente verificarlo.
Puede obtener más información y registrarse en este link.
Si no se registra será multado al abandonar el país y si no paga la multa se le denegará el visado para entrar en Azerbaiyán en el futuro.
Para estancias prolongadas deberá solicitar un permiso de residencia en el Servicio Estatal de Migración. Puede Ud. obtener información al respecto en su página web.
La Policía del Ministerio del Interior puede efectuar controles aleatorios de identidad sobre los expatriados y detener a aquellos que no estén en posesión de tarjetas de identidad válidas de conformidad con la normativa azerbaiyana.
En caso de desplazarse con menores, les rogamos contacten con la Embajada de Azerbaiyán en Madrid para informarse sobre los requisitos de entrada.
Importante: Este Ministerio desaconseja vivamente cualquier desplazamiento al territorio de Karabaj. Hay que señalar que las autoridades azerbaiyanas consideran cualquier visita, sin el consentimiento de la República de Azerbaiyán, a Karabaj y los territorios ocupados circundantes como una violación de la soberanía y la integridad territorial de la República de Azerbaiyán y una violación de la legislación nacional, así como de las normas y principios pertinentes del derecho internacional. El Ministerio de Asuntos Exteriores azerbaiyano advierte de que se le negará la entrada a la República de Azerbaiyán a todo ciudadano extranjero que haya visitado dichos los territorios sin la autorización previa de la República de Azerbaiyán. De acuerdo con la legislación azerbaiyana, la entrada en Karabaj y los territorios ocupados circundantes sin el permiso de las autoridades azerbaiyanas constituye además delito y puede dar lugar al inicio de diligencias penales contra los ciudadanos extranjeros que visiten y realicen actividades allí. El procedimiento puede incluir la demanda de extradición desde terceros países.