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Detalle recomendaciones de viaje

Arabia Saudí


Aviso general sobre las Recomendaciones de Viaje


La presente recomendación carece de efecto vinculante y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por d​esconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerándose dicha recomendación título que ampare reclamación alguna.

Se recuerda que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero, y que todos los gastos derivados de la hospitalización, la repatriación de heridos o el traslado de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en determinados países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo mediante la Tarjeta Sanitaria Europea​Se abre en ventana nueva

En mayo de 2023 la OMS dio por finalizada la emergencia de la pandemia de la COVID-19. No obstante, todo viajero debe tener en cuenta que actualmente cualquier viaje, independientemente del destino o de las circunstancias del mismo, conlleva un riesgo de carácter sanitario. Por ello, se recomienda mantenerse informado en todo momento, contar con la posibilidad de verse obligado a permanecer en el extranjero más tiempo del previsto y contar con un seguro que cubra cualquier eventualidad.

Asimismo, se recuerda que ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.  

Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de viajeros​Se abre en ventana nueva del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para facilitar la atención en situaciones de emergencia o necesidad.

A continuación, tiene a su disposición las Recomendaciones de Viaje para Arabia Saudí. Haga uso del menú desplegable para consultar la información específica sobre cada uno de los apartados.
Recomendaciones vigentes a 29 de marzo de 2024

Última actualización el 24 de octubre de 2023

Notas importantes

SE RECOMIENDA VIAJAR CON PRECAUCIÓN. Arabia Saudí es un país inmerso en un profundo proceso de cambio económico y social, y con un marco legal muy estricto en determinados asuntos (visados, alcohol, etc). Por ello, se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje.



Documentación y visados

Pasaporte/DNI

Es necesario viajar con un pasaporte de una validez mínima de seis meses.
 
Las autoridades saudíes pueden denegar la entrada al país a titulares de pasaporte israelí. En los últimos meses, las autoridades saudíes no han denegado la entrada en el país a aquellas personas en cuyo documento de viaje conste como país de nacimiento Israel o aparezcan sellos que demuestren que han visitado Israel. No obstante, es recomendable consultar a las autoridades saudíes con carácter previo al viaje.
 
Se señala que es ilegal entrar con dos pasaportes en Arabia Saudí, por lo que uno de ellos podría ser retenido por las autoridades de inmigración hasta la salida del país.
 
Los dobles nacionales hispano-saudíes pueden encontrar problemas para abandonar el país con su pasaporte español (que puede ser retirado), por lo que se les exigirá salir del país con su pasaporte saudí (y con su correspondiente visado Schengen si viajasen a España o a otro país del Espacio Schengen).

 
Visado

Las autoridades saudíes son muy estrictas en materia de visados, por lo que se aconseja a toda persona que desee viajar a Arabia Saudí que compruebe con anterioridad a su viaje que posee un visado válido para todo el período de su estancia. El departamento de aduanas no acepta la extensión de un visado anterior.

Los viajeros no saudíes que deseen entrar en Arabia Saudí deberán presentar un visado de diferente clase dependiendo del tipo de actividad que deseen desarrollar en el Reino:

Los viajeros no saudíes que deseen entrar en Arabia Saudí deberán presentar un visado de diferente clase dependiendo del tipo de actividad que deseen desarrollar en el Reino:


 
1.- Visados de turismo: pueden solicitarse por vía electrónica en el siguiente enlace: https://www.visitsaudi.com/en​. Además, puede obtenerse igualmente a la llegada en todos los aeropuertos del Reino. Si planea hacer un vuelo con escala en algún aeropuerto de Arabia Saudí debe tener en cuenta que las autoridades saudís exigen visado de turismo a todos los viajeros que abandonen la zona internacional del aeropuerto. Conviene confirmar con la compañía aérea, la agencia de viajes o el portal de reservas la necesidad de contar con visado para la realización de la escala.
2.- Visados de negocios y trabajo: deben obtenerse antes de la llegada (no se expiden en aeropuertos, puertos o fronteras terrestres) y requieren de un sponsor que habrá de realizar las gestiones correspondientes de invitación ante el Ministerio de Asuntos Exteriores saudí para la pre-concesión del visado. Una vez obtenido, los viajeros deberán acudir a una de las agencias autorizadas por la Embajada de Arabia Saudí en su país de residencia y solicitar el visado. El proceso puede durar varias semanas, por lo que se recomienda realizar la solicitud con suficiente antelación.

 
En el plazo de 90 días desde la entrada del trabajador en el país, el empleador debe tramitar la tarjeta de residencia de extranjero (iqama), así como su licencia de trabajo, que se renueva cada uno o dos años, según el caso. La regulación establece que el empleador pagará el doble de la tasa en caso de no presentar la iqama para su renovación al menos tres días antes de su caducidad.

 
En caso de pérdida de la iqama o del pasaporte, es recomendable informar a las autoridades saudíes a la mayor brevedad posible ya que, en algunos casos en los que se supere el plazo de 24 horas desde la pérdida, la tasa administrativa que debe abonar el extranjero puede ascender a 1.000 riales saudíes o incluso alcanzar los 3.000 riales de repetirse el hecho.

 
3.- Otros motivos: los viajeros que deseen desplazarse a Arabia Saudí por otros motivos (peregrinación, visita de familiares) deberán también solicitar un visado en la Embajada de Arabia Saudí en España. Para saber más sobre los viajes en peregrinación, consulte el apartado “Otros”.
 
LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN RIAD NO PUEDE INVITAR NI ASUMIR LAS GESTIONES DE SOLICITUD DE VISADO PARA CIUDADANOS NI EMPRESAS QUE DESEEN VISITAR EL PAÍS.
 
Se advierte de que las secciones de pasaportes de los aeropuertos saudíes son competentes para denegar la entrada en el país si así lo estiman conveniente, incluso si el extranjero está en posesión de toda la documentación en regla.

 
La Embajada de España no puede intervenir en caso de violaciones de la normativa de inmigración saudí, por lo que se recomienda que, ante cualquier duda respecto al período de validez del visado, se contacte con las autoridades de migración saudíes o con la Embajada de Arabia Saudí en Madrid antes de viajar. En este sentido, un error habitual es la confusión entre la validez del visado y la duración de la estancia permitida. Debe tenerse en cuenta que las fechas se calculan de acuerdo con el calendario islámico. El Departamento de Pasaportes saudí ha establecido un servicio online para emitir y renovar permisos de residencia.

 
Salida del país para residentes en Arabia Saudí
Aquellas personas que residen en Arabia Saudí deben obtener un permiso de salida (exit visa) para poder abandonar el país. Los ciudadanos españoles que soliciten su salida definitiva de Arabia Saudí (final exit visa) deberán finalizar todos los trámites con la administración saudí (pago de multas, cierre de cuentas bancarias, venta o exportación de vehículos) so pena de ver denegada el final exit visa.

 
SE RECOMIENDA QUE TODOS LOS CIUDADANOS QUE ABANDONEN DEFINITIVAMENTE EL PAÍS SOLICITEN SU CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES CON UNA ANTELACIÓN DE AL MENOS 3 SEMANAS A SU SALIDA

 
Este trámite es personal, por lo que no puede ser asumido por la Embajada de España en su lugar y no podrá realizarse una vez abandonado el país.

 
También debe tenerse en cuenta que al ser el empleador (sponsor) el competente para solicitar el exit visa o el exit/reentry visa en el Ministerio del Interior, puede bloquear la salida de los ciudadanos involucrados en disputas laborales o procesos judiciales hasta que los mismos sean resueltos.

 
Al tratarse de una relación laboral entre partes privadas y siendo las autoridades saudíes las competentes para la emisión del visado de salida, la Embajada de España no puede hacerse cargo de que los españoles que deseen abandonar el país puedan hacerlo si no tienen toda la documentación en regla.

 
Precauciones ante ofertas de trabajo
 
Cuando se reciba una oferta de trabajo, conviene asegurarse de que se cuenta al menos con un contrato escrito que asegure esa oferta.
Asimismo, se han producido casos en los que los empleadores retiran el pasaporte de un empleado una vez que llega a Arabia Saudí. La normativa saudí prohíbe dicha práctica y, por ello, el ciudadano extranjero que se encuentre en dicha situación debe denunciarlo de inmediato ante las autoridades saudíes competentes.

 
Documentación sanitaria
 
Las autoridades saudíes exigen estar en posesión de la siguiente documentación médica:
1.- Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla: se exige a los viajeros mayores de 1 año procedentes de países con riesgo de transmisión de la fiebre amarilla y a todos aquellos viajeros que hayan realizado tránsitos de más de 12 horas en aeropuertos de estos países. El certificado de vacunación de fiebre amarillo es válido para toda la vida.
2.- Peregrinos en Umrah y Hajj: se exige vacuna contra la meningitis meningocócica tetravalente (A, C, Y, W), contra la polio y contra la gripe. Además, de acuerdo con la edad y el estatus vacunal, se requiere una prueba de vacunación frente a la polio con vacuna 

Seguridad

 Recomendaciones generales

En primer lugar, las recomendaciones generales de seguridad incluyen:

1.- Ser prudente y adoptar, especialmente en lugares públicos, una actitud discreta.

2.- Respetar estrictamente los usos y costumbres del país.

3.- Ponerse en contacto con las autoridades locales en caso de observar movimientos sospechosos.

4.- Evitar las zonas de grandes concentraciones de personas, particularmente en actos públicos o religiosos de toda índole.

5.- Se aconseja extremar la precaución en caso de viajar fuera de los grandes núcleos urbanos y carreteras principales.

6.- Evitar las concentraciones o manifestaciones que se pudieran producir.
En este sentido, se recuerda que las leyes de Arabia Saudí prohíben las concentraciones, manifestaciones o marchas, las convocatorias de las mismas y todas las actividades que el Gobierno considere contrarias a la paz social y el orden público. En caso de incumplimiento, es muy probable que las autoridades saudíes actúen con toda severidad. Las fuerzas de seguridad están autorizadas para tomar las medidas que estimen oportunas contra toda persona que intente alterar, por cualquier medio, el orden público.

En segundo lugar, en los últimos años se ha producido un incremento de la pequeña criminalidad común, de por sí muy baja, en las grandes ciudades, especialmente en la capital, Riad. Por ello, se recomienda extremar las siguientes medidas de auto-protección:


1.- No circular por barrios desconocidos, sobre todo de noche.
2.- Cerrar las puertas de los vehículos, tanto en marcha como estacionados.
3.- Acudir a una comisaría de policía en caso de notar movimientos sospechosos.


En relación con la seguridad del vehículo, se recomienda no estacionar el vehículo en espacios no vigilados y proceder a una inspección sistemática del coche antes de utilizarlo por si hubiese sido manipulado. Igualmente, se aconseja no dejar dentro de los vehículos objetos que identifiquen que los mismos pertenecen a un occidental ni colocar distintivos occidentales (pegatinas u otros) en el exterior de los vehículos.

En tercer lugar, en caso de detención o incidente con la policía, es indispensable informar inmediatamente a la Embajada a través del número de emergencia con el fin de resolver al problema lo antes posible. No obstante, se recuerda que es el empleador (sponsor) la persona o entidad que debe encargarse de gestionar en la medida de lo posible la puesta en libertad del extranjero residente detenido por la policía. Por su parte, cuando tenga conocimiento del incidente, la Embajada instará y vigilará que el empleador cumpla con sus obligaciones en el marco de la legislación vigente en Arabia Saudí.

Ataques con misiles y drones procedentes de Yemen
Desde el comienzo de la intervención de la Coalición internacional en Yemen se han producido ataques contra Arabia Saudí con misiles y drones. Aunque dichos ataques se han dirigido fundamentalmente contra posiciones en el sur del país, también se han interceptado misiles sobre Riad, Jeddah y La Meca, así como en instalaciones de Saudi Aramco y buques en la costa del Mar Rojo.

En el caso de un ataque con misiles, se recomienda ponerse a cubierto lo más alejado posible de paredes y ventanas, estar atento a los medios de comunicación y las redes sociales (particularmente los de la Embajada de España en Riad) y seguir las instrucciones de las autoridades locales.

Ataques terroristas
En lo que se refiere al terrorismo, se recuerda que Arabia Saudí y los ciudadanos de países occidentales, incluidos los españoles, son objetivos potenciales de grupos terroristas que operan en el país y en países limítrofes, o de terroristas en solitario que actúan por iniciativa propia. El 18 de octubre de 2020, Estado Islámico difundió una declaración en la que animaba a todos sus seguidores a atentar contra ciudadanos occidentales e infraestructuras económicas en Arabia Saudí.

Zonas de riesgo a ser evitadas
La tensión y la inestabilidad en la zona fronteriza con Yemen son particularmente severas. En consecuencia, se recomienda no viajar, salvo por razones imperativas, a la zona a menos de 80 quilómetros de la frontera con Yemen (incluyendo las ciudades de Jizan, Najran, Abha y Khamis Mushayt, así como las islas Farasan).

Por su parte, en la zona fronteriza norte, se recuerda que las autoridades saudíes han prohibido la circulación por una zona de 20 quilómetros en la frontera norte del país, así como en la frontera en Hafr Al-Batin y Khafji, en la Provincia Oriental.

Zonas de riesgo medio
En el resto del país es necesario mantener las precauciones habituales.

Sanidad

 
COVID 19
 

Las restricciones de COVID-19 en el Reino se relajaron en marzo de 2022 cuando se eliminaron los mandatos de mascarilla al aire libre. La exigencia de vacunación contra la COVI-19 para los viajeros entrantes, las pruebas de PCR para viajeros entrantes y las reglas de cuarentena a la llegada también se eliminaron en marzo.

 Ya no se exige el uso de la mascarilla en lugares cerrados, con excepción de la Gran Mezquita, la Mezquita del Profeta, y los lugares para los cuales se emiten protocolos específicos por parte de la Autoridad de Salud Pública (Weqaya), o para eventos, actividades o en medios de transporte en los que se imponga la obligatoriedad de llevar la mascarilla.

Ya no se requiere mostrar el estado de inmunización y verificación de salud en la aplicación informática en móviles (Tawakkalna) para ingresar a establecimientos, actividades y eventos, abordar aviones y transporte público, excepto en aquellos casos en que, por su naturaleza, sí se obligue mostrar la inmunización, o continuar verificando el estado de salud.


Vacunas recomendadas
Aparte de las vacunas contra el COVID-19 y de la documentación médica obligatoria, se recomienda inmunizarse contra las siguientes enfermedades:


1.- Meningitis: se recomienda la vacuna ACWY meningococal cuadrivalente.
2.- Hepatitis: se recomiendan las vacunas para la hepatitis A y B.
3.- Tuberculosis: aunque la mayoría de los visitantes no corre riesgo de contraer la enfermedad, se recomienda la vacuna para trabajadores sanitarios, menores de 16 años y para aquéllos que prevean permanecer en el país durante un largo período de tiempo.


Además, es conveniente tener actualizado el calendario oficial de vacunación.

También pueden ser recomendables otras vacunas, cuya prescripción deberá realizarse de forma personalizada en cualquiera de los Centros de Vacunación Internacional autorizados.


Finalmente, para obtener permisos de residencia y trabajo, Arabia Saudí exige presentar certificado médico acreditativo de no ser portador del VIH/SIDA y de no padecer otras enfermedades infecto-contagiosas.
Para más información, puede consultar el siguiente enlace: https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/proteccionSalud/vacunaciones/home.htm.
 

Divisas

 La moneda nacional de Arabia Saudí es el rial saudí, que mantiene un tipo de cambio fijo con el dólar situado en 1 dólar = 3,75 riales saudíes.

Los bancos aceptan euros.

La normativa en materia de divisas, vigente desde el 2 de junio de 2007, establece como límite a efectos declaratorios las cantidades superiores a 60.000 riales saudíes o su equivalente en moneda extranjera por persona y viaje. Para obtener los modelos de la declaración mencionada, así como más información al respecto, es posible consultar la siguiente página web: https://zatca.gov.sa/ar/pages/default.aspx. La ausencia de declaración o la inclusión de información errónea pueden suponer la imposición de multas y confiscaciones.

Otros

I. LEGISLACIÓN PENAL:
La legislación penal saudí es especialmente severa, sobre todo en caso de delitos graves. Se informa de que la pena de muerte es una medida prevista y aplicada.

La homosexualidad está penada con la cárcel e incluso con la pena de muerte, aunque desde hace unos años las autoridades saudíes no parecen aplicar esta normativa de manera activa  Las relaciones extramatrimoniales están prohibidas. La tenencia o distribución de pornografía se castiga con cárcel.


Las infracciones de carácter económico (especialmente la emisión de cheques sin fondos) son castigadas con severidad. Una infracción que podría ser considerada como delito leve en la legislación española puede conllevar pena de prisión. Es posible que la fiscalía decrete prisión para el acusado de estafa económica hasta que éste pague a su víctima.


Igualmente, debe tenerse en cuenta que el sistema judicial es flexible y permite soluciones distintas para casos similares al privilegiarse el razonamiento jurídico sobre el precedente judicial.


La sección consular de la Embajada tratará de ponerse en contacto con la mayor brevedad posible con los ciudadanos españoles que hubieran sido detenidos. No obstante, en determinados casos, el acceso a los presos no es inmediato y conviene que sea siempre reclamado por el detenido, así como por sus representantes legales.


Encausamiento judicial y suspensión del visado:
Se informa de que, en caso de ser encausado judicialmente, incluso por actos que podrían ser considerados delitos leves por la legislación española, se produce una suspensión del visado de salida del país. Esto implica que resulta TOTALMENTE imposible abandonar el país hasta que el litigio sea resuelto. En este supuesto, la Embajada no puede facilitar la salida del país. Corresponde al empleador realizar los trámites necesarios ante las autoridades saudíes para desbloquear el visado de salida.


Drogas:
El tráfico de drogas se castiga con penas que pueden contemplar la pena de muerte. Su uso y consumo está penado con la cárcel o la deportación.
Ciertos medicamentos están considerados como drogas, en particular las anfetaminas. En general, la importación de medicamentos está prohibida por las autoridades saudíes. Si se viaja al país con algún medicamento, se recomienda llevar la correspondiente receta médica.


Alcohol y tabaco:
El consumo público de alcohol está estrictamente prohibido en Arabia Saudí. Se trata de un delito penado con pena de cárcel​.


La introducción de alcohol en Arabia Saudí está penada con multas severas y cabe la posibilidad de acusación por contrabando.


En caso de desear incluir en el equipaje tabaco, cigarrillos electrónicos o pipas de agua (shishas/narguiles) es aconsejable que se ponga en contacto con la Embajada de Arabia Saudí en España o consulte directamente la normativa aduanera en el siguiente enlace: https://zatca.gov.sa/en/pages/default.aspx.


ATENCIÓN: Periódicamente se producen redadas en complejos residenciales (compounds) de ciudadanos occidentales que en ocasiones han acabado en incidentes con las fuerzas de seguridad y confiscación del alcohol y pipas de agua.

II. ENTRADA ILEGAL Y SUPERACIÓN DEL PLAZO DE VALIDEZ DEL VISADO
La entrada ilegal en el país, a través de la falsificación de documentos (ya sea de visados o de los documentos requeridos para su obtención), puede dar lugar a multas superiores a 10.000 riales saudíes (aproximadamente, 2.000 euros) o penas de hasta tres meses de prisión, así como a la deportación, tanto para el infractor como para todos los implicados en dicha infracción.


En caso de extender la estancia más allá del período de validez del visado, el infractor puede ser detenido y multado con hasta 10.000 riales, tras lo cual será deportado del país. Si dicho infractor se encontraba en el país para visitar a un extranjero residente, además de la imposición de multas de entre 15.000 y 50.000 riales, están previstas penas de prisión de entre tres y seis meses en caso de reincidencia. Asimismo, el Ministerio del Interior podrá cancelar el permiso de residencia del extranjero residente y deportarlo.

III. EXISTENCIA DE ZONAS DE ACCESO LIMITADO
Hay una prohibición absoluta para los no musulmanes de visitar las Ciudades Santas de La Meca y Medina. También es necesaria una autorización expresa para visitar determinados parajes naturales y monumentos de interés nacional.

IV. USOS SOCIALES
Las costumbres y usos sociales de la sociedad saudí imponen las siguientes normas que deben ser respetadas:


1.- Mujeres: no es obligatorio llevar en público la abaya (túnica talar de color oscuro), si bien es conveniente vestir con modestia y decoro.


En el caso de las mujeres saudíes, se ha eliminado el requisito de autorización del mahram o guardián masculino para viajar y obtener el pasaporte siempre que sean mayores de 21 años. Sin embargo, para los menores de 21 años (hombres y mujeres) sí que sigue existiendo este requisito.


Por otra parte, las mujeres pueden conducir en la vía pública desde junio de 2018 siempre que cuenten con un permiso de conducción saudí o internacional en vigor.


2.- Hombres: les está prohibido llevar pantalones cortos o bermudas por encima de las rodillas.


3.- Los niños que visiten a su padre en Arabia Saudí, incluso en aquellos casos en los que haya un régimen de custodia y visitas establecido por un juzgado no saudí, pueden ser retenidos hasta obtener el consentimiento del padre. Además, esta circunstancia se mantiene en caso de divorcio.


4.- La separación de sexos rige, de manera cada vez menos intensa, en ciertos aspectos de la vida cotidiana (de manera más estricta fuera de los principales núcleos urbanos).


5.- La importación y consumo de alcohol y productos derivados del cerdo están estrictamente prohibidos y penados.


6.- Está prohibida también cualquier manifestación pública de carácter religioso no islámico, así como el proselitismo.


7.- Los documentos audiovisuales, así como los libros, revistas y fotografías pueden ser retenidos en el aeropuerto. Las autoridades pueden revisar los ordenadores personales a la llegada al aeropuerto.


8.- Prohibición de fotografiar instalaciones oficiales como bases militares o edificios gubernamentales. Las autoridades saudíes también son muy sensibles ante fotografías que puedan dar una mala imagen del país, lo que puede ser ampliamente interpretado (pueden incluirse dentro de esta categoría fotografías de mezquitas, áreas desfavorecidas o de la población local). No deben realizarse fotografías de personas sin consentimiento previo, y en ningún caso deben tomarse fotografías de mujeres.


9.- Está prohibido comer, beber o fumar en público durante el día en el mes de Ramadán.

V. SEGURIDAD VIAL Y NORMATIVA DE CIRCULACIÓN:
Según los datos de la Organización Mundial de la Salud, Arabia Saudí tiene una de las tasas de siniestralidad en carretera más elevadas del mundo. Son habituales los accidentes por exceso de velocidad, incluyendo a conductores menores de edad. Por lo tanto, se recomienda circular con máxima precaución.


En caso de accidentes de tráfico con heridos, todas las partes involucradas (salvo en caso de heridos graves) son conducidas a una comisaría de policía, pudiendo ser retenidas incluso varios días hasta que la responsabilidad por el accidente haya sido determinada y las correspondientes indemnizaciones satisfechas. Los ciudadanos españoles involucrados en un accidente de tráfico con heridos o fallecidos deben contactar a la mayor brevedad posible con su empleador y con la Embajada de España.

Asimismo, en caso de accidente de tráfico, se debe contactar con la organización NAJM, que resuelve los conflictos y disputas de incidentes/accidentes de tráfico: http://najm.sa/sites/en/home 


Las sanciones por infracciones del Código de Circulación han sido severamente endurecidas y, en muchos casos, conllevan condenas privativas de libertad, incluso por la comisión de infracciones que en España tendrían carácter administrativo. Se recomienda mantener en vigor la documentación del coche, así como el carné de conducir y, por supuesto, el seguro obligatorio. Deben pagarse todas las multas impuestas antes de abandonar el país, lo que puede hacerse en el propio aeropuerto (únicamente en horario de oficina).

VI. INDICACIONES PARA LOS PEREGRINOS
1.- Se necesita un visado especial (dependiendo de si se trata de hajj o umrah) que se solicita en la Embajada de Arabia Saudí en España. Debido a las particularidades del visado, es aconsejable ponerse en contacto con dicha Embajada para recabar más información.


2.- Los peregrinos que superen su período de estancia autorizado pueden ser sancionados con multas de 10.000 riales saudíes (aproximadamente 2.000 euros) y ser encarcelados como paso previo a su deportación.


3.- Una vez en Arabia Saudí, el pasaporte será custodiado por las autoridades de inmigración saudíes durante toda la estancia del peregrino en el país.


4.- Es preciso haber recibido las vacunas pertinentes: ver apartado “Sanidad”.


5.- Los peregrinos deben permanecer en grupo organizado durante el trayecto, sin parada, entre La Meca y Medina.


6.- Ante las aglomeraciones que pueden generarse en un entorno caracterizado por las altas temperaturas, se recomienda a los peregrinos protegerse del sol y permanecer permanentemente hidratados. Asimismo, se recomienda mantener la calma ante situaciones de emergencia y seguir en todo momento las indicaciones de los jefes de grupo y de los organizadores.

7.- Es recomendable informarse previamente de las condiciones de alojamiento en el país (hoteles, apartamentos), especialmente en el caso de personas mayores.


8.- Conviene comunicar los números de teléfono y direcciones del lugar donde se residirá durante la estancia en Arabia Saudí a los familiares en España, así como el nombre del jefe del grupo, y proporcionarles fotocopias de los documentos de identidad y del billete de avión.


9.- Tanto en el caso de ciudadanos españoles como de extranjeros residentes en España, se recomienda guardar una fotocopia de la documentación en lugar separado de ésta con el objetivo de acelerar los trámites consulares en caso de pérdida o robo de los originales.

10.- En caso de necesidad, se aconseja ponerse en contacto con la Embajada de España en Riad.

11.- Durante su estancia se aconseja la inscripción en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Registro-de-viajeros.aspx

​En todo caso es recomendable viajar con una copia electrónica de su pasaporte y DNI e inscribirse en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Visite el siguiente enlace para más información: https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Registro-de-viajeros.aspx

Si requiere de asistencia durante el Hajj puede contactar con:

Embajada de España en Riad

Barrio diplomático
P.O. Box 94347, Riyadh -11693

Teléfono:  00966 11 488 06 06

Correo electrónico: emb.riad.info@maec.esSe abre en ventana nueva

Sección Consular:  emb.riad.sc@maec.esSe abre en ventana nueva

Consulado Honorario de España en Jeddah

Saudi Int'l Trading & Marketing Ltd. 

Red Sea Plaza Bldg., 7th Floor Andalus Street (next to Arab Bank) P.O. Box: 50417 

Jeddah 21523 

Teléfono durante las horas de atención al público (de domingo a jueves, de 10h a 14h): 00966 12 6525222 Ext. 2507 

Tel: 0096612 651 2777 /6573303 

Cónsul Honorario: Sheikh Abdulilah Kaki (akaki@sitml.com)

Encargado de Oficina: Pilar Nogués (Tel: 0550881225 y Correo electrónico: pnogues@sitml.com)

Ministerio de Hajj y Umrah

Cuenta de twitter oficial  @MoHU_EN https://twitter.com/MoHU_En?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor

Teléfono +966 920002814



 

Direcciones y teléfonos de interés

Embajada del Reino de Arabia Saudí en España
Calle Doctor Álvarez Sierra, 3, 28033 Madrid
Tel: 91 383 43 00/22 29
Fax: 91 302 12 12/91 766 73 38

Prefijo País: +966

Embajada de España en Arabia Saudí
Barrio Diplomático (Hayy Assafarat) s/n
P.O. Box 94347
Riyadh 11693
Tel: +966 11 488 06 06
Teléfono de emergencia consular:  0550 541 144 (llamadas desde Arabia Saudí)
+966 550 541 144 (llamadas desde el extranjero)
Faxes: +966 11 488 04 20 y +966 11 488 47 41.
Correo electrónico: emb.riad.info@maec.esSe abre en ventana nueva
  • Oficina Comercial, P.O.Box 94327, Riyadh-11693. Tel: +966 11 464 51 25 y 11 461 21 53. Fax: +966 11 462 13 03 | Correo electrónico: riad@comercio.mineco.esSe abre en ventana nueva

Consulado Honorario de España en Jeddah
Edificio Redsea Plaza
Al-Ándalus Street, junto al “Bank Al Arabi”
P.O.Box: 50417,
Jeddah 21523
Tel: +966 12 6525222
Fax: +966 12 6573303

Consulado Honorario de España en Al-Khobar
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Al Khobar 31952
Teléfono: +966 13 849 38 68
Fax: +966 13 849 38 69


Teléfonos de interés 
  • ​Policía (todo el país) – 999