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ACTUALIZACIÓN DE LOS CONTROLES SANITARIOS A LA ENTRADA EN ESPAÑA

10 de diciembre de 2020
El día 10 de diciembre ha entrado en vigor una modificación a la resolución de 11 de noviembre de la Dirección General de Salud Pública relativa a los controles sanitarios a la entrada de España.
 
Las principales modificaciones introducidas, aplicables a los viajeros procedentes de zonas de riesgo que deseen entrar en España, son las siguientes:
 
✅ Se establecen como modalidades admitidas de PDIA para SARS-CoV-2: la prueba PCR (RT-PCR), la TMA y otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes. Estas pruebas deben estar realizadas dentro de las 72 horas antes de la llegada a España.
 
✅ A las personas menores de seis años que lleguen a España procedentes de un país o zona de riesgo no les será exigible la acreditación de una PDIA por SARS-CoV-2. Tampoco deberán cumplimentar el Formulario de Control Sanitario ni serán objeto de los controles sanitarios (de temperatura y visual) que ya se llevan a cabo en los puntos de entrada a todos los pasajeros internacionales.
 
✅ Se admite que el documento acreditativo del resultado negativo de la PDIA esté redactado, además de en español e inglés, en francés y alemán. En el caso de que no se pueda obtener en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.
 
Se recuerda que los listados de países y zonas “de riesgo” se actualizan cada 15 días en las páginas http://www.mscbs.gob.es y http://www.spth.gob.es