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TRAMITACIÓN DEL NIF DE CIUDADANOS Y EMPRESAS ESPAÑOLAS NO RESIDENTES EN ESTA EMBAJADA

19 de abril de 2016

Gracias a un acuerdo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, los ciudadanos españoles y empresas españolas que residen fuera de España pueden ahora tramitar la asignación del Número de Identificación Fiscal en esta Embajada, sin necesidad de acudir a una oficina de la AEAT.

Esta posibilidad, que supone un paso más en la implantación de la Administración electrónica en el exterior, permite a los no residentes obtener sus NIF de manera ágil y sencilla, sin necesidad de desplazarse, ni enviar a un representante, a una oficina de la AEAT.

El procedimiento de tramitación, totalmente electrónico, está diseñado para simplificar al máximo la documentación que deben aportar los no residentes. El solicitante, o su representante, deberá dirigirse a esta Embajada con los datos y documentación necesarios. Desde esta Embajada se rellenará entonces un formulario electrónico que será enviado de manera automática a la AEAT, quien, también de manera inmediata, devolverá el justificante de obtención del NIF.
Además de ser más cómodo y menos costoso para los españoles no residentes, la prestación de este servicio telemático favorece la atracción de inversiones extranjeras en España.