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Preguntas frecuentes

Consulte la información más actualizada sobre viajar a España y los requisitos de entrada con respecto a COVID-19 en esta página del Ministerio de Sanidad. Si tiene dudas adicionales, por favor, envíe un email a su Consulado correspondiente.

 
¿Dónde está situada la Sección Consular en Washington?
La Sección Consular en Washington está situado en el mismo edificio que la Embajada de España: 2375 Pennsylvania Ave., N.W., Washington, D.C. 20037.
Para horarios y demás información visite su página WebSe abre en ventana nueva.
  
¿Cual es la función de los Consulados?
El Gobierno de España tiene consulados repartidos por todo el territorio de los Estados UnidosSe abre en ventana nueva. Su misión es ofrecer diversos servicios jurídico-administrativos con validez en España a ciudadanos españoles, y también a personas extranjeras con alguna conexión con España (incluyendo la expedición de visados). Existe una sección consular en WashingtonSe abre en ventana nueva y consulados en BostonSe abre en ventana nueva, ChicagoSe abre en ventana nueva, HoustonSe abre en ventana nueva, Los ÁngelesSe abre en ventana nueva, MiamiSe abre en ventana nueva, Nueva YorkSe abre en ventana nueva, San FranciscoSe abre en ventana nuevaPuerto RicoSe abre en ventana nueva.
 
¿Necesita usted una visa para viajar a España?
Para solicitudes de visados visite la sección “Embajada”/“Consulados” y siga indicaciones pagina web consulado correspondiente. Para información general consulte el apartado “Información para Extranjeros”.
 
¿Reside o visita Washington y desea visitar la Casa Blanca? 
La ciudad ofrece muchos lugares de atractivo turístico ya sean de interés histórico, político o cultural. Las autoridades del Distrito de Columbia han creado una página web para visitantes Se abre en ventana nuevay la Oficina de Turismo proporciona más información en www.washington.org
 
Por motivos ajenos a esta Embajada de España en Washington, no resulta posible de momento atender las solicitudes de visita a la Casa Blanca.
 
Aunque la web de la Casa Blanca remite a los ciudadanos extranjeros a sus respectivas embajadas para solicitar visitas guiadas, en la práctica los procedimientos y las condiciones exigidas por la propia Casa Blanca para la realización de las mismas no permite a esta Embajada de España atender este tipo de solicitudes en estos momentos.
 
El White House Visitor Center, adyacente a la Casa Blanca, ofrece una experiencia interactiva, así como la posibilidad de ver enseres de la Casa Blanca que no habían sido mostrados al público antes.
 
Considere visitar el CapitolioSe abre en ventana nueva, sede del Congreso estadounidense, y la Biblioteca del Congreso. Es posible obtener pases para visitas en el mismo día en el Visitor Center, en función de la disponibilidad. Por otro lado, puede consultar esta guía de España en Washington que ha elaborado esta Embajada para conocer algunos de los múltiples monumentos y elementos españoles en la capital.

¿Qué necesito para viajar con mi mascota a España?
Para información sobre los requisitos para la importación no comercial en España de animales de compañía procedentes  de EE.UU. y Canadá visite el siguiente enlace: Viajar con Mascota

¿Cómo puedo enterarme de los eventos culturales de España en EE.UU.?
SPAIN arts & culture:
 
¿Desea usted realizar prácticas profesionales no remuneradas en la Embajada? 
En los últimos años el MAEC ha suscrito una serie de acuerdos con Universidades españolas para que sus alumnos puedan completar su formación a través de un periodo de prácticas no remuneradas en los servicios centrales del Ministerio, en las Embajadas, Consulados y Representaciones. Para más información sobre dicha programa y una lista de las Universidades mencionadas visite el link siguiente: http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/OportunidadesProfesionalesFormacion/Paginas/Practicas.aspx

Para conocer otras oportunidades de realizar programas de prácticas en EEUU visite el apartado "Especial para Jóvenes" de la Web de Empleo de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada o la página de la Embajada de EE.UU. en Madrid. Para información adicional el  link siguiente da acceso al programa de “Exchange Visitors”  que mantiene el gobierno americano. El programa de “intern ” está dirigido a estudiantes o recién licenciados y el de “trainees” a profesionales con alguna experiencia: j1visa.state.gov/programs
 
¿Cómo hacer para convalidar/homologar mis títulos estadounidenses en España?
Para homologar y convalidar títulos dirigirse a la pagina web de la Consejería de EducaciónSe abre en ventana nueva
 
¿Cómo puedo solicitar una carta de no objeción para un J-1 Waiver?
Se puede encontrar el procedimiento de solicitud aquíSe abre en ventana nueva.
 
¿Puedo visitar la Embajada?
El EU Open HouseSe abre en ventana nueva es un evento anual que  se celebra durante la Semana Europea, en primavera. Todas las Embajadas europeas estarán abiertas al público durante el día así como  la propia delegación de la UE en Washington, DC. Se organizan eventos para toda la familia, degustación de platos típicos de cada país, animación, entretenimiento para los más jóvenes de la casa y mucho más. Para mas información visite la página web del EU Open HouseSe abre en ventana nueva.
  

¿Que hacer si recibo un mensaje repentino en relación a un  premio de lotería o una herencia?

Existen diferentes variantes de fraude, los casos conocidos como “cartas nigerianas” Y la promesa de recibir una gran fortuna, en realidad inexistente, así como también los diversos trucos para que la víctima pague una suma por adelantado como condición para acceder a ese dinero. 

La estafa nigeriana, también conocida como timo 419 (por el número de artículo del código penal de Nigeria que viola), es un fraude que consiste en que el estafador obtiene dinero de la víctima en concepto de adelanto a cuenta de una supuesta cantidad millonaria de dinero que se le ha prometido.
 
Comienza por una remisión masiva de correos electrónicos o postales, a  personas  residentes en  diversos lugares  del mundo, por lo que no hay una selección previa de víctimas.
 
El otro método de fraude es enviar a la víctima una comunicación telefónica, electrónica, fax o por correo, informándole de que ha ganado un premio o de que hay una gran cantidad de dinero a su disposición, proveniente de una herencia, premio o similar. Normalmente los delincuentes cuentan con información actualizada de la víctima: nombre completo, dirección exacta, edad, preferencias personales, etc. En ocasiones disponen incluso de datos de familiares próximos o bancarios.
 
Previamente el estafador habría abierto diversas cuentas bancarias, al objeto de que los “premiados” ingresen las comisiones correspondientes a la asesoría por sus gestiones. Dichas cuentas estarían operativas cierto tiempo hasta que por los diversos organismos de control fuesen detectados dichos movimientos procediéndose a su bloqueo. Una vez dicha identidad se viese “agotada” se procedería a crear una nueva identidad e iniciar de nuevo todo el proceso.
 
Con el fin de recibir su premio, la víctima debe enviar una cantidad para sufragar trámites administrativos, impuestos o cualquier otro concepto similar. Después de este primer pago, los delincuentes pueden desaparecer o seguir pidiendo “adelantos” con diferentes excusas. Nunca recibirá la víctima su supuesto dinero. La casuística es muy variada para consumar el engaño: ofertas de trabajo, herencias, procedencia del dinero de un país en dificultades o muchas otras. Se han utilizado nombres de empresas o sorteos tales como “El Gordo”, “Lotto Commission”, “Lotto Sweepstake”, “Once”, “European Lotto Commission”, etc. También nombres supuestos o incluso reales de bancos u organizaciones oficiales. Todos estos documentos siempre son falsos.
 
RECOMENDACIONES:
Nunca envíe dinero.

Contacte con la policía y siga sus recomendaciones.

Denuncie el caso.

Consulte las páginas:

Usualmente el estafador logra obtener la cooperación de la victima para cumplir con su cometido, ponga especial atención a palabras como:

“Sólo en efectivo" - ¿Por qué es necesario que la transacción sea sólo en efectivo?

"Planes secretos" - ¿Por qué se le pide que guarde en secreto el o los planes?

"Apresúrese" - Tenga cuidado con frases como "actué hoy y no pierda la oportunidad" 

  • Contacte con esta Consejería y remita, preferentemente por email, la documentación de que disponga.
    • Fax: +1 202 861 9369
¡Nunca le va a tocar un premio de una lotería oficial si usted no ha jugado y no posee el título comprobante!
Desde esta Embajada, en coordinación con las autoridades del Ministerio del Interior de España y las agencias federales de Estados Unidos, se está haciendo todo lo posible para luchar contra este tipo de delitos.
 
​Preguntas frecuentes sobre medicamentos
 
¿Puede un particular enviar medicamentos por correo postal desde España a otro país?

La legislación española no permite enviar medicamentos por correo. De acuerdo con el artículo 73 de la Ley 29/2006Se abre en ventana nueva, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, sólo podrán exportar medicamentos los laboratorios y las entidades de distribución que cumplan los requisitos legalmente establecidos. No están permitidos los envíos de paquetes postales por parte de particulares y otras empresas distintas a las anteriores, ya que no están incluidos en la normativa al no ser posible garantizar la calidad y seguridad de los mismos.

¿Puede un particular recibir medicamentos en España desde otro país, por correo postal?

El artículo 72 de la mencionada Ley 29/2006Se abre en ventana nueva, de 26 de julio y normativa de desarrollo establece que las importaciones de medicamentos únicamente podrán llevarse a cabo por laboratorios farmacéuticos, por lo que no es posible el envío medicamentos por particulares ya que no es posible garantizar la calidad y la seguridad de los mismos.

¿Puede un viajero llevar consigo a España los medicamentos necesarios destinados a su propia administración?

El artículo 74 de la Ley 29/2006, de 26 de julio,  contempla la posibilidad de tratamientos de viajeros al establecer que “los medicamentos que acompañen a los viajeros destinados a su propia administración o tratamiento quedan excluidos de las exigencias establecidas en los artículos anteriores”. Por tanto, para evitar problemas a nivel de la aduana española, sería recomendable que el/la paciente, que viaje con los medicamentos a España, lleve consigo una prescripción/informe del médico que justifique el tratamiento. No obstante se deberá tener en cuenta siempre  la normativa del país de destino.

IMPORTANTE: En el caso de medicamentos estupefacientes o psicótropos, los pacientes deberán solicitar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios,  un permiso para poder viajar con su medicación.
Los  interesados pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico:
 
Para más información, contacte con el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social:
  • Oficina de Información y Atención al Ciudadano:
  • Departamento de Inspección y Control de Medicamentos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios: