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INFORMACIÓN SOBRE EL PAGO POR TRANSFERENCIA DE DEUDAS GESTIONADAS POR LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (AEAT)

7 de mayo de 2021
Con motivo de la entrada en funcionamiento el 15 de marzo de 2021 del nuevo medio de pago publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 4 de febrero de 2021 en el que se recoge la Resolución de 18 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se definen el procedimiento y las condiciones para el pago de deudas mediante transferencias a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria encomendada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria se remite nota informativa y se ruega su remisión y máxima difusión, incluidos Centros Directivos o Unidades administrativas que guarden relación con pagos de impuestos gestionados por la Agencia Tributaria realizados desde el extranjero o por personas que no tengan cuenta abierta en entidades colaboradoras, así como para su posible publicación en tablones informativos.

Resolución BOE nº 30 de 4 de febrero de 2021.pdfSe abre en ventana nueva
Nota informativa.pdfSe abre en ventana nueva
 
Puede consultarse toda la información en la página web de la Agencia Tributaria. Pagos desde el exterior (desde entidades no colaboradoras) Se abre en ventana nueva