Para aquellos viajeros procedentes de Emiratos Árabes Unidos, Italia, Austria, Holanda, Suiza, Suecia, Eslovaquia, Dinamarca, Alemania, Nigeria, Brasil, Francia, Bélgica, Reino Unido, Sudáfrica, Irlanda e Israel le sugerimos la consulta de las condiciones adicionales de entrada recogidas en el apartado 2.2.i del siguiente
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El tránsito por uno de estos países sin entrar en el mismo no se considera a estos efectos.