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Actualización de las condiciones de entrada en España.

25 de febrero de 2021
Se informa de que, a partir del 1 de marzo y hasta nuevo aviso,  todo viajero procedente de Japón al cual se le permita la entrada en España (enlace)  tiene que presentar obligatoriamente un certificado con resultado NEGATIVO de PCR (RT-PCR de COVID-19), realizado dentro de las 72 horas previas a su llegada a España. Asimismo, se admiten como pruebas diagnósticas aceptada la TMA (pruebas de Amplificación Mediada por Transcripción, en inglés Transcription Mediated Amplification) o la RT-LAMP (Reverse Transcriptase Loop-Mediated Isothermal Amplification). La presentación del certificado también se aplica a los ciudadanos españoles. Los menores de 6 años están exceptuados de la realización de estas pruebas para poder entrar en España.
 
El certificado o documento acreditativo deberá ser original, redactado en español, inglés, francés o alemán y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. En el caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, deberá ir acompañado de una traducción al español, realizada por un organismo oficial. Deberá contener, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.
 
Por si fuera de utilidad, en el siguiente enlace del Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (METI) se puede encontrar un listado de centros que pueden realizar alguna de estas  pruebas.
 
Se recuerda que sigue siendo necesario cumplimentar el Formulario de Control Sanitario que puede obtener en la dirección www.spth.gob.es o descargando la aplicación Spain Travel Health (SpTH). El número de identificación personal (pasaporte/DNI) que utilice para rellenar el formulario debe ser el mismo que aparezca en el certificado negativo antes mencionado.
 
Para más información, se puede consultar el siguiente enlace del  Ministerio de Sanidad.