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Convocatoria de Becas MAEC-AECID 2025-2026

Convocatoria de Becas de la Cooperación Española MAEC-AECID 2025-2026

Información de la Convocatoria de Becas de la Cooperación Española MAEC-AECID 2025-2026​

jueves, 20 de febrero de 2025

La Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID para ciudadanos de países de América Latina y Filipinas 2025/2026, en adelante, la convocatoria, se ha publicado el 18 de febrero de 2025 en la Sede Electrónica de la AECID, Sección de Convocatorias y Procedimientos Activos: https://www.aecid.gob.es

De conformidad con el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, la convocatoria también se ha publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el BOE número 42, de 18 de febrero, sección Anuncios B. Otros anuncios oficiales. 

En esta convocatoria se ofrecen becas para el Programa MASTER: Becas para funcionarios o empleados públicos de carácter fijo, no temporal, incluido el personal del sistema educativo y universitario, para la realización de másteres universitarios (oficiales) de carácter presencial en España de 60 créditos ECTS como máximo, del 1 de septiembre de 2025 al 31 de julio de 2026. 

Plazo de presentación de solicitudes: del 20 de febrero al 6 de marzo de 2025.

Los solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos y aportar la documentación exigida, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria.​

Gestión de la convocatoria

La gestión de la convocatoria en la AECID corresponde la Subdirección de Becas, Lectorados y Movilidad Internacional (SBELMI) de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas (DIRCC). 

Proceso de solicitud

Los interesados realizarán la solicitud de acuerdo con los requisitos, forma y plazos que se señalan en los apartados 2 y 3 de la convocatoria,  destacándose en particular lo siguiente:

1. Forma: el solicitante enviará la solicitud y la documentación únicamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la AECID: https://www.aecid.gob.es/

2. Plazo de presentación: del 20 de febrero al 6 de marzo de 2025.

Con el fin de poder atender a los solicitantes que tuvieran algún problema con el envío electrónico de la solicitud y de la documentación, el plazo finalizará a las 13:00:00 horas del registro electrónico de la AECID.

3. Documentación a adjuntar en formato electrónico: conforme al apartado tres de la convocatoria. 

La Subdirección de Becas, Lectorados y Movilidad Internacional publicará en sede electrónica el listado provisional de admitidos y excluidos con las causas de exclusión de aquellas solicitudes presentadas con defectos y concederá un plazo de subsanación tal y como se establece en el apartado 3.16 de la convocatoria. Finalizado dicho plazo, verificará si dichas solicitudes han sido correctamente subsanadas y propondrá a la Presidencia de la AECID la resolución definitiva de admisión y exclusión de las solicitudes en el procedimiento. 

Proceso de valoración (Apartado 4.7 de la convocatoria):

De acuerdo con lo previsto en el Apartado 4.7 de la convocatoria, para la valoración de las solicitudes podrá contarse con el asesoramiento de las Embajadas de España y Oficinas de la cooperación española de la AECID (OCEs), por lo que se prevé su colaboración para valorar las solicitudes de acuerdo con lo establecido en el citado apartado de la convocatoria. 

Resolución del procedimiento (Apartado 5 de la convocatoria):

La Dirección de Relaciones Culturales y Científicas, como órgano instructor del procedimiento y a la vista del informe de la Comisión de Valoración, publicará en la sede electrónica de la AECID, a efectos de notificación, las propuestas de resolución de concesión y el nombramiento de suplentes.

Los beneficiarios propuestos para la concesión de beca tendrán ​​cinco días hábiles para su aceptación. 

Las propuestas de resolución de concesión no crearán derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos. 

Contra las propuestas de concesión no cabe recurso. 

Los listados con la puntuación obtenida se publicarán en la sede electrónica de la AECID identificando a los interesados por el código de solicitud.

A la vista de las aceptaciones recibidas, la Presidencia de la AECID dictará y notificará la resolución de concesión, desistimiento si los hubiera, el nombramiento de suplentes y la desestimación del resto de las solicitudes, en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la convocatoria. 

Las resoluciones se notificarán a través de la sede electrónica de la AECID: https://www.aecid.gob.es/


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