El pasado 15 de diciembre de 2022 dejó de surtir efectos la Orden INT 657/2020. Por tanto, dejan de ser de aplicación las restricciones de viaje contenidas en la misma, siendo posible viajar a España cumpliendo con los requisitos migratorios de entrada que procedan en función de la nacionalidad de las personas viajeras.
Asimismo, se recuerda que la Resolución de 18 de octubre de 2022 de la Dirección General de Salud Pública derogó las normas anteriores que establecían la necesidad de realizar controles sanitarios por COVID-19 en los puntos de entrada en España. Por tanto, desde esa fecha no se realizan controles sanitarios en los puntos de entrada a España-
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aquí las condiciones de entrada a España y al resto del Espacio Schengen para viajes de menos de 90 días.
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