A partir del día 23 de noviembre 2020, todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo que pretenda entrar en España deberá disponer de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada a España e independientemente de su nacionalidad. La PDIA para SARS-CoV-2 admitida es la PCR (RT-PCR de COVID-19). El documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico.
Bosnia y Herzegovina es zona de riesgo por estar listada en el Anexo II. El listado de países o zonas de riesgo establecido en el anexo II, así como los criterios empleados para su definición, serán revisados cada quince días y su actualización será publicada en la página web del Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/ y en la web SpTH: https://www.spth.gob.es. La actualización de las revisiones del listado de países o zonas se hará efectiva a los siete días de su publicación.
Este requisito de entrada en España seguirá en vigor hasta que el Gobierno español declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Asimismo, todo viajero procedente del extranjero, deberá rellenar el Formulario de Control Sanitario en la web www.spth.gob.es o en la aplicación gratuita SPTH.
La Resolución 14049 del Ministerio de Sanidad de 11.11.2020 que implanta este sistema se puede consultar aquí: BOE-A-2020-14049 SANIDADD.pdf
Asimismo, se ruega la consulta del archivo "PREGUNTAS Y RESPUESTAS PCR".