Según la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (conocida como Ley LEPINA), así como la Ley Especial de Migración y Extranjería y el Reglamento que la desarrolla, aprobados en 2019, todos los menores de 18 años, tanto salvadoreños como extranjeros residentes en El Salvador, deberán contar con una autorización en el caso de que salgan del país sin uno o ninguno de sus progenitores o sin su representante legal.
Esta autorización puede ser expedida en un acta notarial (que deberá ser apostillada/legalizada si se otorga ante notario NO salvadoreño) o por documento autorizado por el Procurador General de la República.
Para más información sobre el contenido y el formato de los permisos exigidos se aconseja consultar la página web de la Dirección General de Migración y Extranjería pestaña “Servicios”, sección “Control Migratorio".
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