El principio que marca la ley, es que los españoles en el exterior deberán solicitar expresa y personalmente el voto en cada proceso electoral. Para pedir el voto en estas elecciones, deberán solicitarlo hasta el 30 de marzo inclusive. Se trata de un procedimiento complejo, que tiene el añadido de necesitar de los servicios postales locales.
1) INSCRITOS EN LA EMBAJADA:
Si está usted inscrito en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada de España en Panamá, le hemos enviado a su correo electrónico la información básica con los pasos que deberá dar para poder solicitar el voto. Si por cualquier motivo no ha recibido la información puede escribirnos a emb.panama.cen@maec.es si está usted inscrito en calidad de RESIDENTE o de NO RESIDENTE. (En el sello que se estampó en su pasaporte español cuando vino a inscribirse a la Embajada viene indicado si usted se inscribió como RESIDENTE o de NO RESIDENTE).
2) NO INSCRITOS EN LA EMBAJADA:
Si no está inscrito en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada y tiene previsto viajar a España por esas fechas podrá usted votar normalmente en el municipio en el que esté usted empadronado.
En caso de tener previsto encontrarse el 28 de abril en Panamá, para poder votar deberá inscribirse cuanto antes en la Embajada de manera a poder solicitar el voto según la modalidad que le corresponda. Las personas que residan en Panamá de manera habitual deberán inscribirse como RESIDENTES y tienen de plazo hasta el 18 de marzo inclusive. Las personas que se encuentren de manera temporal en Panamá podrán inscribirse como NO RESIDENTES y deberán hacerlo antes del 30 de marzo.
Para inscribirse debe presentarse en la Embajada sin necesidad de cita previa en días laborables, de 8:30 a 13:00 horas, aportando su Pasaporte o DNI español, dos fotografías y carnet que lo acredite como residente en Panamá.
Para facilitar los trámites relativos a las elecciones, la Embajada permanecerá abierta los siguientes días: sábado 16 y domingo 17 de marzo, en horario de 09:00 a 12:00h.