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Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

domingo, 15 de diciembre de 2024
​Si la estancia no supera los 180 días, el visado será válido para toda la estancia y no será necesario obtener una Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Si la estancia es superior a 180 días, en la mayoría de los casos (estudios, trabajo, residencia no lucrativa, etc...) el visado será válido para 90 días de estancia​. Por consiguiente, el ciudadano extranjero deberá solicitar una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), en el plazo de 1 mes desde su entrada en España, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia en la que se tramitó la autorización. 
Dicha Tarjeta acredita la permanencia legal de los extranjeros en España, su identificación y que se ha concedido, de acuerdo con la normativa vigente, la autorización o reconocido el derecho para permanecer en territorio español por un tiempo superior a seis meses.

Para información sobre la Tarjeta de Identidad de Extranjero, pinche aquí​.

Para reservar una cita y solicitar una TIE, pinche aquí​Se abre en ventana nueva.
Tenga en cuenta que la cita se la pueden dar varias semanas después de pedirla.