Cómo recuperar la nacionalidad española
Esta información está destinada únicamente a aquellas personas que hayan perdido la nacionalidad y deseen recuperarla.
¿Cómo se recupera la nacionalidad?
Quien haya perdido la nacionalidad española podrá recuperarla cumpliendo los siguientes requisitos:
a) Ser residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes * . En los demás casos podrá ser dispensado por el Ministro de Justicia e Interior cuando concurran circunstancias excepcionales.
b) Declarar ante el Encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
c) Inscribir la recuperación en el Registro Civil.
No podrán recuperar o adquirir, en su caso, la nacionalidad española, sin previa habilitación concedida discrecionalmente por el Gobierno:
a) Quienes durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
b) Quienes entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero, contra la prohibición expresa del Gobierno.
c) Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
* Que se pueda demostrar que el solicitante o sus padres residían de forma estable en España antes de irse a vivir al extranjero. El haber nacido en España será una prueba.
Documentación necesaria para recuperar la nacionalidad
Deberán enviar fotocopia de la siguiente documentación, con un número de teléfono o correo electrónico:
Para tramitar la recuperación deberán presentar personalmente la siguiente documentación:
1. Escrito dirigido al Sr. Encargado del Registro Civil de la Sección Consular manifestando su deseo de recuperar la nacionalidad española firmada por el interesado.
2. Certificado LITERAL de nacimiento del padre o la madre expedida durante los seis últimos meses, y certificado de la nacionalidad del padre en el momento del nacimiento del solicitante (original). Si se es hijo o hija de emigrante.
3. Certificado LITERAL de nacimiento del solicitante, expedida durante los seis últimos meses.(original)
4. Si el nacimiento del solicitante no se halla inscrito en un Registro Civil español: Hoja declaratoria de datos, cumplimentada y firmada por el interesado.
5. Si existe matrimonio de los padres: fotocopia del Libro de Familia o certificado de matrimonio (traducida al castellano) si no se halla registrado en un Registro Civil español.
6. Fotocopia del pasaporte actual del solicitante.
7. Fotocopia de la prueba de la nacionalidad extranjera del solicitante, traducida al castellano.
8. Prueba de residencia legal y permanente en Noruega, traducida al castellano.
Lugar donde solicitar la recuperación de la nacionalidad:
La presentación de la solicitud ha de realizarse en el Registro Civil de su domicilio.
Los Consulados de España en el extranjero realizan funciones de Registro Civil.