APLAZADAS SINE DIE
El próximo 5 de abril de 2020 se celebrarán elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de Galicia.
Los ciudadanos vascos y gallegos que se encuentren en la India, Nepal, Sri Lanka, Bután o Maldivas, sean residentes o no, pueden votar desde el exterior con el apoyo de la Embajada.
En función de su situación, el procedimiento para votar es distinto:
a) Residente registrado
b) No residente
Situaciones:
a) Residente registrado
Para poder votar deberá haberse registrado en la Embajada como residente antes del 1 de diciembre de 2019 para figurar en el censo de electores residentes ausentes (CERA). Tendrá derecho a participar en estas elecciones si su municipio de inscripción a efectos electorales se encuentra en el País Vasco o Galicia.
Hay tres formas de comprobar que está inscrito en el censo de electores:
1. Online, si dispone de certificado electrónico, en https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones
2. Por correo electrónico a la Embajada (emb.nuevadelhi.nac@maec.es), adjuntando copia del pasaporte o DNI
3. De manera presencial en el tablón de anuncios de la Embajada
El plazo para consultar es del 17 al 24 de febrero, ambos inclusive. Si sus datos no estuvieran incluidos o si fueran incorrectos, podrá hacer una reclamación en ese mismo plazo presencialmente en la Embajada, debidamente identificado con pasaporte, DNI o carnet de conducir. El censo corregido será publicado el 28 de febrero.
Posteriormente deberá solicitar el voto, no más tarde del 7 de marzo. Aquellos que estén inscritos en el censo recibirán el impreso de solicitud de voto en sus domicilios. Si no, podrá descargarlo de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (www.exteriores.gob.es) o pedirlo en la Embajada.
Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por Internet (instrucciones con el impreso enviado a domicilio), por correo postal o por fax a su Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (direcciones y números en http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm), adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI españoles, o certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada.
La Oficina del Censo Electoral le enviará por correo postal las papeletas y una hoja informativa antes del 16 de marzo (o 24 de marzo, si hay impugnación de candidaturas).
Usted podrá depositar personalmente su voto en la Embajada los días 1, 2 y 3 de abril o enviarlo por correo certificado a la Embajada antes del 31 de marzo.
Si usted está registrado en la Embajada pero se encuentra en España, puede solicitar hasta el 26 de marzo el voto por correo. Puede informarse en cualquier oficina de Correos de España.
b) No residente
Si usted no está registrado en la Embajada, es residente en el País Vasco o Galicia y está en el momento de las elecciones en la India, Nepal, Sri Lanka, Bután o Maldivas, puede votar desde el extranjero.
Para ello deberá acudir personalmente a la Embajada de España en Nueva Delhi, no más tarde del 7 de marzo, e inscribirse como “no residente”, aportando fotocopia del pasaporte o DNI, salvo que ya lo hubiera hecho. Allí deberá también rellenar un impreso de solicitud, que la Embajada enviará a España.
La Oficina del Censo Electoral le enviará por correo postal las papeletas y una hoja informativa antes del 16 de marzo (o 24 de marzo, si hay impugnación de candidaturas). Deberá enviar su voto por correo certificado a España siguiendo las instrucciones que se le envíen.
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HORARIOS EXTRAORDINARIOS DE APERTURA DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA
Viernes 21 de febrero: De 9 a 14:30 horas.
Sábado y domingo 22 y 23 de febrero: De 10 a 13 horas.
Sábado 7 de marzo: De 10 a 13 horas.
Miércoles 1 y jueves 2 de abril (voto en urna): De 9 a 17 horas.
Viernes 3 de abril (voto en urna): De 9 a 15 horas.